Confirma TEPJF sanciones impuestas por el INE al PAN y PRD en Hidalgo

Las multas del albiazul ascienden a cinco millones 758 mil 191.06 pesos, derivado de las anomalías en materia de fiscalización durante el ejercicio 2022, específicamente por el concepto de arrendamiento; mientras que las del sol azteca ascienden a tr

Se ratificó la sanción impuesta por el INE debido a la falta de certeza respecto al gasto realizado por concepto de arrendamiento. | Foto: Jorge Carba
Pachuca; Hidalgo /

Tanto el Partido Acción Nacional (PAN) como el de la Revolución Democrática (PRD) deben acatar la determinación del Instituto Nacional Electoral (INE) y cubrir las multas impuestas derivado de las anomalías en materia de fiscalización reflejadas en el “Dictamen Consolidado de la Revisión de Informes Anuales de Ingresos y Gastos correspondientes al ejercicio 2022”, sentenció la Sala Regional Ciudad de México (CDMX) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Lo anterior al resolver los Recursos de Apelación (RAP) bajo expediente SCM-RAP-14/2023, para el sol azteca; y SCM-RAP-21/2023, para el albiazul, en ambos se confirmó la determinación del órgano electoral federal, por lo cual cada partido político deberá cubrir las sanciones económicas impuestas, para el PAN, cinco millones 758 mil 191.06 pesos y para el PRD, tres millones 791 mil 992.62 pesos.


En el primer caso, la ponencia del magistrado Luis Enrique Rivero Carrera, desestimó las quejas y alusiones del sol azteca, en contra del documento INE/CG628/2023, debido a que no ofreció elementos suficientes para dar certeza sobre el gasto de combustible que tuviera un destino partidista, además de que se sancionó el uso inadecuado de recursos por parte de la fuerza política al aceptar comprobaciones de personas con las que no tiene vínculo laboral, pues son elementos para acreditar un gasto que no generan convicción del vinculo señalado, partidista, y uno de los elementos de la rendición de cuentas es la oportuna e idónea comprobación de las operaciones financieras que se realizan en el PRD.

Por otro lado, la ponencia de la magistrada presidenta de la Sala Regional CDMX, María Guadalupe Silva Rojas, negó al albiazul la posibilidad de revocar las multas impuestas por irregularidades o anomalías en la comprobación de sus gastos por concepto de arrendamiento, como lo establecen los documentos INE/CG628/2023 e INE/CG629/2023.

Se ratificó la sanción impuesta por el INE debido a la falta de certeza respecto al gasto realizado por concepto de arrendamiento, además de que el albiazul pretendió atender las observaciones en el primer oficio de requerimientos, pero no subsanó las omisiones en las que incurrió, sino que presentó documentación diversa a la revisada en el Sistema Integral de Fiscalización (SIF), a través de 33 contratos diferentes a los presentados anteriormente, que ascendían a 37 documentos.

Finalmente, el argumento de un error humano por parte del personal, el cual ya no labora en el PAN, y que provocó él envió de información al SIF de forma errónea, no es suficiente, sentenció Silva Rojas, pues la obligación de dar transparencia del uso de recursos públicos no es de una persona, sino de la misma fuerza política, por lo cual no se tienen por satisfechas sus alegaciones con base a la conducta irregular.


  • Teodoro Santos

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