Plantean ampliar sanciones para quienes quebranten sellos de clausura

Se plantea también que se impondrá prisión de dos a cuatro años y de 300 a 500 días de multa al que obligado por una resolución de autoridad competente a mantener el estado de clausura

Negocio clausurado en Tula Hidalgo (Archivo)
Alejandro Reyes
Pachuca; Hidalgo /

En el cierre de la Diputación Permanente del Congreso del estado del primer año de ejercicio constitucional, la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional (PRI) presentó una iniciativa de reforma al Código Penal ampliar las sanciones a quienes quebranten los sellos de clausura.

Actualmente el Código Penal del estado de Hidalgo establece que al que quebrante los sellos impuestos por orden de la autoridad pública competente se le impondrá prisión de tres meses a dos años y de 5 a 25 días multa.

Sin embargo, la iniciativa de reforma de la bancada priista plantea que se equipará al delito de quebrantamiento de sellos y se sancionará con la misma pena al titular, propietario, poseedor o responsable de una construcción de obra, anuncio o establecimiento mercantil en caso de clausura, que explote comercialmente, realice o promueva actos de comercio, construcción o prestación de un servicio aún cuando los sellos permanezcan intactos. La misma pena se impondrá al titular, propietario o poseedor de una casa habitación en construcción que quebrante los sellos de clausura.

Se plantea también que se impondrá prisión de dos a cuatro años y de 300 a 500 días de multa al que obligado por una resolución de autoridad competente a mantener el estado de clausura o de suspensión de actividades no la acate en tres casos específicos.

El primero: Se trate de un giro mercantil considerado de impacto zonal y que requiera licencia de funcionamiento en los términos de la legislación aplicable; segundo, se trate de un establecimiento dedicado al almacenaje de productos; y tercero, se trate de obras de construcción que requiriendo dictamen de estudio de impacto urbano y vial no cuenten con el mismo.

De acuerdo con la diputada del Partido Revolucionario Institucional, Jacqueline Sosa Jiménez, la iniciativa perfecciona el tipo penal vigente que en el sentido de que sólo existe tipicidad cuando se quebrantan, entendiéndose también como romper, violar o transgredir físicamente los sellos impuestos por orden de la autoridad pública competente como en su caso serían los sellos de clausura o suspensión de actividades por lo que no se puede procesar a quienes sin quebrantar físicamente los rompen jurídica y materialmente al realizar, fomentar o tolerar la actividad prohibida.

“Se perfecciona el tipo penal existente para que sea típica y sancionable la conducta cuando sin romper los sellos se explote comercialmente, realice o promueva actos de comercio, construcción o prestación de un servicio en el inmueble toda vez que solo así se puede tutelar correctamente el bien jurídico”, concluyó.

Por su parte, el presidente de la Comisión Permanente del Congreso del estado, Andrés Caballero Zerón turnó la iniciativa a la Comisión de Seguridad Ciudadana y Justicia para su análisis y dictaminación.

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