Niega IEEH prórroga a Asociación Civil para celebrar asambleas distritales

El órgano electoral local rechazó la petición de la organización civil Ciudadanos por Constituirse en Encuentro Solidario de contar con 109 días más para cumplir con las 12 asambleas distritales necesarias para formar un partido político local

Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (Jorge Sánchez)
Pachuca; Hidalgo /

El Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) reiteró la negativa a la prórroga solicitada por la organización civil Ciudadanos por Constituirse en Encuentro Solidario, la cual pidió 109 días más para celebrar sus asambleas distritales y conformar un partido político local.

A pesar que la Asociación Civil  A.C. interpuso una demanda ante el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) contra la primera determinación del órgano electoral local, en el cual rechazó ampliar este plazo, y el órgano jurisdiccional ordenó un nuevo análisis de parte del IEEH a esta consulta, no cambió la respuesta.

Lo anterior, detalló la secretaria ejecutiva Olivia Fosado Martínez, debido a que la organización civil cuenta aún con 180 días para celebrar 12 asambleas distritales, de un máximo de 18 posibles, teniendo como plazo máximo para cumplir con este requisito hasta el mes de diciembre de este año, por lo cual tienen tiempo suficiente para el desarrollo de estas actividades.

Igualmente, el pleno del IEEH decretó la infactibilidad de conceder un plazo adicional para el desarrollo de sus asambleas distritales debido a que generaría inequidad en la contienda que desarrollan las cuatro organizaciones civiles que buscan conformar un partido político local, además de que la Ley establece los plazos con los que cuentan estas A.C. para cubrir los requisitos y poder celebrar su asamblea estatal, así como la afiliación de personas que respalden esta intención.

Por otro lado, el IEEH se pronunció respecto a la consulta emitida por Erick Marte Rivera Villanueva, donde solicita conocer el estatus y tiempo en el que debe permanecer dentro del padrón de personas sancionadas por incurrir en violencia política en razón de género, y con ello evaluar la posibilidad de competir por un cargo de elección popular en el proceso electoral 2023-2024.

A lo que el órgano electoral local respondió: "los efectos constitutivos o sancionadores dependerán de la sentencia firme de la autoridad electoral en la que se determinará la condena por Violencia Política en Razón de Género y sus efectos. Por tal motivo, y como se ha señalado, en este momento su cuestionamiento deriva en un hecho futuro e incierto del que esta autoridad administrativa electoral no se encuentra en posibilidad de dar respuesta, toda vez que esto significaría adelantar un criterio sobre un hecho que aún no es motivo de resolución", (sic).


  • Teodoro Santos

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