El Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) debe conceder la prórroga solicitada por la asociación civil Ciudadanos por Constituirse en Encuentro Solidario Hidalgo A.C. para celebrar sus asambleas y cubrir el requisito para conformarse como partido local, sentenció el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) el resolver el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos y Electorales del Ciudadano (JDC) bajo expediente TEEH-JDC-077-2023.
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Lo anterior, consideró la magistrada presidenta Rosa Aparo Martínez Lechuga, debido a que el órgano electoral local no fundó ni motivó de forma adecuada su respuesta negativa a la petición de la organización civil, por lo cual afectó sus derechos y la equidad en la búsqueda de conformar una fuerza política estatal, pues al no acreditar en un primer momento los requisitos establecidos para competir el IEEH en un primer momento negó su registro, pero la A.C. impugnó y el TEEH mandató permitir su registro.
Por ello, la magistrada presidenta revocó el acuerdo IEEH/CG/045/2023, a través del cual se negó la prórroga a la A.C., pues se deben armonizar los derechos para garantizar una protección amplia y progresiva, esto ante la inequidad en el plazo de entrega para estas asambleas, pues comenzó a correr tras la emisión de la constancia respectiva, la cual derivó de una cadena impugnativa.
“Considero que aunado a los vicios en la fundamentación debe revocarse finalmente el acuerdo de negativa, porque los agravios en su conjunto y el acto impugnado no se hizo el estudio adecuado a petición, ni ejercicio de ponderación de plazos legales y derechos de la actora (A.C.), además de que toda autoridad debe brindar la protección más amplia, se debió hacer un análisis amplio de circunstancias que rodean al caso, la existencia de circunstancias particulares o derecho de asociación de la organización actora y su posición de desventaja contra las otras asociaciones”, manifestó.
Martínez Lechuga recordó que al no cumplir los requisitos en un primer momento la A.C. inició el proceso de celebración de asambleas 109 días después de las demás organizaciones civiles que buscan constituirse como un partido político local, pese a esto, será el IEEH quien determine el plazo adicional que se le otorgue a esta organización civil, pues cuenta al momento con un tiempo que la deja en un estado de desventaja injustificado.
“Es procedente conceder la prórroga solicitada, la cual debe ser acotada de manera equitativa sobre este procedimiento, se ordena al IEEH dar una nueva respuesta donde conceda la prórroga solicitada detallando los días que conceda como ampliación de manera justificada, equitativa y proporcional”, sentenció.
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