Los ayuntamientos de Ixmiquilpan y Nicolás Flores deben acatar la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) y llevar a cabo los actos pertinentes para garantizar la representación indígena ante los órganos colegiados de cada demarcación, sentenció la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al desechar los Juicios Electorales (JE) bajo expedientes ST-JE-1/2022 y ST-JE-2/2022.
El órgano jurisdiccional federal declaró improcedentes ambas impugnaciones debido a que los promoventes, en el primer caso la presidenta municipal de Ixmiquilpan, Araceli Beltrán Contreras; así como del síndico de Nicolás Flores, Lando González Villeda en la segunda demanda, ya que carecen de legitimación activa para presentar los juicios, debido a que en la instancia local se señaló al ayuntamiento de Ixmiquilpan como autoridad responsable, además de que el síndico fungió como integrante de la autoridad responsable en el otro caso, sin que exista supuesto de excepción, por lo cual se desecharon ambos juicios.
Cabe mencionar que en el ST-JE-1/2022 Araceli Beltrán Contreras impugnó la resolución de 29 de diciembre del 2021, emitida en el expediente TEEH-JDC-164/2021, en el cual ordenó al ayuntamiento de Ixmiquilpan armonizar y regular sus atribuciones respecto a la figura de representantes indígenas; emitir y difundir una convocatoria en las comunidades indígenas de la demarcación para invitar a los integrantes y que de acuerdo a sus usos y costumbres elijan a sus representantes; vincular al Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI) para que no se vulneren los derechos de los habitantes y finalmente exhortó al Congreso del estado para regular esta figura de representantes indígenas en todo el territorio estatal.
En tanto, en el ST-JE-2/2022 el síndico del ayuntamiento de Nicolás Flores pretendió revertir la resolución del 29 de diciembre dictada por el TEEH en el expediente TEEH-JDC-152/2021, en la que, entre otras cuestiones, revocó el oficio PMNF/030/2021, del 28 de octubre, el cual contiene la respuesta del director de Asuntos Indígenas del municipio, Facundo Cabañas Hernández donde le niega reconocimiento como representante indígena de la comunidad de Texcadho a Francisco Javier Ramírez Martínez; de igual forma ordenó al ayuntamiento reconocer este nombramiento en un plazo de tres días hábiles, misma que debe acreditarse en constancia de un acta así como la garantía de las condiciones materiales para el ejercicio del mismo.