La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 026/2021 al gobernador del estado de San Luis Potosí, Juan Manual Carreras López, y a la presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), Giovanna Itzel Argüelles Moreno, ante el incumplimiento de una recomendación emitida por el organismo local.
El 26 de junio de 2017, la CEDH recibió una queja en el que se denunció que una menor de edad, quien en ese entonces cursaba el nivel preescolar en un colegio particular de Rioverde, había sido agredida por una profesora de la institución.
La Comisión Estatal acreditó violaciones a los derechos humanos de la niña, por lo que emitió la recomendación correspondiente. No obstante, en septiembre de 2020, la CNDH recibió el recurso de impugnación presentado por un familiar de la víctima, quien señaló que no se cumplió con la recomendación emitida por el organismo estatal.
Durante la investigación del caso, la CNDH acreditó violaciones al principio del interés superior de la niñez, reparación del daño, así como al derecho de niñas y mujeres a vivir una vida libre de violencia, debido a omisiones por parte de la Secretaría de Educación y la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas de la entidad.
Además, constató que la Secretaría de Educación local no cumplió ninguno de los cuatro puntos recomendatorios emitidos por la defensoría estatal; mientras que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas omitió atender los principios de buena fe y enfoque diferencial y especializado, al retrasar los trámites y procedimientos para garantizar la reparación del daño.
Por su parte, la CEDH no verificó que se respetaran los derechos de las personas afectadas, aun cuando en su propia recomendación determinó que se trataba de un caso de violaciones graves a los derechos humanos.
Ante ello, la CNDH solicitó impartir al personal de Supervisión e Inspección de la Secretaría de Educación Estatal un curso de capacitación y sensibilización en materia de seguridad e integridad personal, prevención del abuso sexual, detección y atención oportuna sobre casos de abuso y acoso en agravio de menores de edad, tal como lo establece la recomendación de la CEDH.
Mientras que a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas de San Luis Potosí se le pidió verificar que el personal que interactúe, directa o indirectamente, a víctimas, cumpla con los estándares de atención a víctimas del delito y de violaciones a los derechos humanos y cuente con amplio conocimiento del marco jurídico nacional e internacional en la materia.
Por su parte, la Comisión Derechos Humanos de esa entidad deberá impartir al personal de la Unidad de Seguimiento de Recomendaciones un curso de capacitación y sensibilización sobre la debida diligencia.
Finalmente, la CNDH solicitó a todas las autoridades colaborar en la presentación de la respectiva queja administrativa que se presente ante las instancias correspondientes por las irregularidades descritas.
LP