TEEH debe garantizar creación de reglamento de la representación de las comunidades indígenas de Nicolás Flores

La Sala Regional Toluca ordenó al órgano jurisdiccional local verificar el cumplimiento de la sentencia emitida en el TEEH-JDC-152/2021, donde ordenó al ayuntamiento elaborar este documento

Sala regional Toluca. (Especial)
Pachuca; Hidalgo /

El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) debe garantizar el cumplimiento de la sentencia emitida en el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos y Electorales de la Ciudadanía (JDC) bajo expediente TEEH-JDC-152/2021, en el cual ordenó al ayuntamiento de Nicolás Flores crear un reglamento de la representación de las comunidades indígenas, mandató la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Lo anterior al resolver el ST-JDC-95/2023, a través del cual se revocó la sentencia del TEEH-JDC-037/2023, que, entre otras cuestiones, sobreseyó parcialmente el medio de impugnación, relacionado con el procedimiento de consulta para la elaboración de dicho documento; pues el criterio aplicado para este efecto, extemporaneidad de la demanda, fue incorrecto.

Dicha resolución, apuntó la magistrada Marcela Elena Fernández Domínguez, no tuvo fundamentación adecuada ya que el TEEH debió recordar que la entrada en vigor de este reglamento es a partir de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH), siendo el límite para impugnarlo, mas no así su aprobación en la sesión de cabildo como de forma inexacta consideró el órgano jurisdiccional local.

“Indebidamente se determinó extemporánea la demanda, porque de manera inexacta conjunto el plazo para controvertir este reglamento a partir de una notificación automática al estar la persona demandante presente en la sesión de cabildo donde se aprobó; en el reglamento se establece que entraría en vigor al día siguiente de su publicación, lo cual aún no acontece y por ende la posibilidad de controvertir se encuentra sujeto a la publicación”, manifestó la ponencia de la magistrada.

Finalmente, Fernández Domínguez conminó al TEEH a perseguir de manera puntual el cumplimiento a la sentencia del TEEH-JDC-152/2021, pues “es una burla al cumplimiento” de la misma, la acción del ayuntamiento de Nicolás Flores al aprobar el reglamento y mantenerlo sin vigor hasta su publicación en el POEH, ya que este mandato debe acatarse primero antes de resolver cualquier impugnación al documento o su proceso de elaboración, dejando de esta forma a salvo los derechos políticos y electorales del ciudadano, lo cual no se logró con la sentencia del órgano jurisdiccional local en el TEEH-JDC-037/2023.


  • Teodoro Santos

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