El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) revocó las medidas cautelares impuestas al ahora candidato de “Juntos Hacemos Historia”, Julio Menchaca, impuestas por el Instituto Estatal Electoral (IEEH) en el acuerdo IEEH/SE/MC/PES/051/2022, en el cual se ordenó el retiro de un vídeo publicado en redes sociales, pues con esta acción se vulneró los principios de certeza y seguridad jurídica.
La magistrada presidenta, Rosa Amparo Martínez Lechuga, consideró la inexistencia de un nexo directo entre el perfil de la red social Facebook en el cual se publicó dicho video y el otrora precandidato de Morena a la gubernatura de la entidad; por lo cual la autoridad responsable incorrectamente atribuyó este hecho a Menchaca Salazar por la presunta concurrencia de los elementos: personal, temporal y subjetivo, “pero no hay prueba idónea que haya vínculo entre el actor (Julio Menchaca) y la página de Facebook denunciada, por lo que la medida cautelar es indebida y violatoria de los principios de certeza y seguridad jurídica”.
Por ello, sentenció la revocación del acuerdo IEEH/SE/MC/PES/051/2022 y ordenó a la Secretaría Ejecutiva del IEEH que dentro de un plazo de 48 horas dicte un nuevo acuerdo donde se pronuncie sobre estas medidas cautelares tomando en cuenta la resolución del TEEH en el Juicio Electoral (JE) bajo expediente TEEH-JE-003-2022.
Confirman remoción de secretaria de mujeres de Morena
Al resolver el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos y Electorales del Ciudadano (JDC) bajo expediente TEEH-JDC-043-2022, el órgano jurisdiccional local confirmó la determinación de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena en el expediente CNHJ-HGO-2150/2021, en el cual ordena destituir a Petra María Eugenia Hernández Chávez como la titular de la Secretaría de Mujeres del Comité Ejecutivo Estatal (CEE) del partido guinda en Hidalgo.
Lo anterior, debido a que Hernández Chávez ostenta también el cargo de regidora en el ayuntamiento de Atitalaquia, lo cual contraviene el artículo 8 de los estatutos de Morena, el cual enuncia que ningún integrante del CEE puede ocupar un cargo dentro del gobierno estatal, municipal o federal y un cargo partidista al mismo tiempo.
Pese a esto, el TEEH escindió la demanda de la actora al IEEH, pues acusó de violencia política en razón de género presuntamente ejercida por Martín Hernández Anaya, por lo cual la autoridad electoral debe ejercer sus facultades de investigación para determinar si incurrió en estas acciones y si se acredita o no la conducta denunciada para que esta persona se integre al registro nacional de personas sancionadas por ejercer violencia política en razón de género.