La reforma a la Ley Orgánica Municipal de Hidalgo, misma que se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) el 19 de agosto, es un exceso y retroceso a la democracia, acusó el presidente del Comité Directivo Municipal (CDM) del Partido Acción Nacional (PAN) en Pachuca, José Luis Zúñiga Herrera.
Impugnación
Por ello, adelantó, una vez que entren en funciones las nuevas gestiones municipales, y sus representantes en los diversos ayuntamientos cuenten con facultades constitucionales verán la forma más adecuada de impugnar esta modificación a la norma, pues no se puede permitir que sólo con la mayoría absoluta, 50 por ciento más uno del órgano colegiado, sea suficiente para tomar las decisiones en el cabildo.
POEH
El documento del POEH, decreto número 1123, establece que no será necesaria la mayoría calificada, dos terceras partes del cabildo, para la toma de decisiones, sino que basta con la aprobación de la mitad más uno (mayoría absoluta) para emitir una determinación desde la aprobación del presupuesto municipal hasta la asignación de titulares de los Órganos Internos de Control (OIC):
“los supuestos en que debe observarse la mayoría calificada se han ampliado de dentro de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo; por ello, se estima que dicha circunstancia inhibe la eficacia del principio de gobernabilidad, en tanto que podría truncar la voluntad de la mayoría de sus integrantes sin que al efecto se prevea una razón compatible con el ordenamiento constitucional. Atendiendo que la mayoría los actos que realiza el ayuntamiento en su interior es por la mayoría de votos, que es la mitad más uno de los votos emitidos en el mismo sentido, por los integrantes del ayuntamiento, presentes en una sesión, siendo así la toma de una decisión colegiada por excelencia, los promoventes expresan la importancia de modificar aquellos supuestos, que impiden una correcta gobernabilidad y observar lo establecido en nuestra Carta Magna”, (sic).
La reforma se enfoca en el inciso s) de la fracción I del artículo 56; el inciso u) de la fracción II del artículo 56; el inciso a Bis) de la fracción II del artículo 60; las fracciones VII y IX del artículo 95 Quinquies; los párrafos primero, segundo, cuarto y quinto del artículo 105 Ter; los párrafos primero y segundo del artículo 105 Quinquies; se deroga la fracción IV del artículo 48 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo; lo cual es una situación excesiva y que atenta contra la democracia del ayuntamiento, señaló Zúñiga Herrera.
Mayoría calificada
“Son excesos que se pueden llevar a cabo, lo hemos platicado, el hecho de que se haya cambiado y aprobar tanto el presupuesto como la elección de titulares del OIC pasando de la mayoría calificada a mayoría absoluta atenta contra la democracia, las diferentes formas de pensar y no estamos compartiendo esta postura porque estamos yendo en retroceso democrático, claro que se necesitan reformas, pero no en contra de la democracia, esto es atentar contra el desarrollo del ayuntamiento, tanto de las mayorías o la voz de minorías, no fue la medida más afortunada al respecto, pero esperaremos a que las nuevas gestiones tomen facultades constitucionales para revisar qué se puede hacer al respecto desde ahí (ayuntamientos), pero fue en exceso”, sentenció.