La fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional pidió reformar la ley para tipificar delitos relacionados con el turismo sexual, con el fin de castigar con mayor rigor estos ilícitos, luego de advertir que esta conducta aumenta en la entidad y necesita un freno por los daños que causa, con penas de 7 a 16 años de prisión y se convierta en delito grave.
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Karla Leticia Fiesco García, del grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, propuso reformas al Código Penal de la entidad para que cuente con una norma penal que proteja a los menores de edad en contra del turismo sexual infantil, la prostitución y pornografía infantil que no se encuentra debidamente legislado.
“Es urgente reformar nuestra legislación penal estatal, a efecto de brindar protección a nuestras niñas, niños y adolescentes para que estos no sean arrastrados en las redes ilegales del turismo sexual infantil y en el artículo 9 del Código Penal el turismo sexual infantil sea considerado como un delito grave”.
Si la reforma se aprueba, la ley dirá:
“Se comete el delito de turismo sexual quien financie, promueva, publicite, invite, facilite o gestione por cualquier medio a que una o más personas viajen al interior o exterior del territorio del Estado con la finalidad de que realicen cualquier tipo de actos sexuales reales o simulados, con una o varias personas menores de edad, o con una o varias personas que no tengan capacidad para comprender el significado del hecho o la capacidad de resistirlo”.
Al sujeto activo de este delito se le impondrá una pena de siete a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días multa.
Y a quien sostenga cualquier tipo de actos sexuales reales o simulados con una o varias personas menores de edad, o no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o la capacidad de resistirlo, se le impondrá una pena de 12 a 16 años de prisión y de 2 mil a 3 mil días multa.
LC