Partidos impugnan multas por omisiones en fiscalización; TEPJF confirma sanciones

El Partido del Trabajo y el PRI fueron los que más impugnaciones presentaron.

El TEPJF ha demostrado que está por encima de la subjetividad
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las sanciones impuestas por el Instituto Nacional Electoral (INE) a diferentes partidos políticos que, a su vez, descartaban rebase de topes de gastos de campaña en 11 estados en las candidaturas globales por las gubernaturas, diputaciones, ayuntamientos y regidurías.

Las impugnaciones se presentaron por sanciones que impuso el Consejo General del INE, luego de que la Unidad Técnica de Fiscalización detectó gastos no reportados en Nayarit, Querétaro, Campeche, Guerrero, Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Zacatecas, Sinaloa, Sonora y Michoacán, pero que no implicaban rebase de topes de gastos de campaña de manera general.

El Partido del Trabajo (PT) y el Partido Revolucionario Institucional (PRI) fueron los que más impugnaciones presentaron ante la Sala Superior del TEPJF.

En el caso del PT, en la sesión pública de este jueves se resolvieron cuatro de ellas en Nayarit, Querétaro, Sinaloa y Sonora. En los tres primeros estados, se confirmaron las decisiones del INE al señalar que no reportaron en tiempo y forma propaganda electoral y que las sancionas impuestas están debidamente fundamentadas y no son desproporcionadas.

Únicamente le dieron la razón en una queja de Sonora por considerar que el cálculo de metros cuadrados de espectaculares no fue congruente, por lo que se ordenó al INE reformular la sanción.

El PRI también presentó cuatro quejas en Campeche, Guerrero, Zacatecas y Michoacán. En los tres primeros casos, se acreditó que el partido no reportó espectaculares y que los documentos que presentó en otros gastos no eran útiles para demostrar el dinero ejercido, además de que las multas aplicadas por la autoridad electoral estuvieron apegadas en derecho.

Únicamente en un caso de Michoacán, las y los magistrados le dieron la razón al partido porque la autoridad electoral no consideró que se trataba de candidaturas comunes al momento de aplicar la multa económica.

El Partido Acción Nacional (PAN) presentó impugnación por una multa impuesta por las elecciones en Nayarit y en Baja California Sur. En ambos casos, las y los magistrados confirmaron que no registraron debidamente los gastos y que eran responsables de la propaganda encontrada como no reportada.

El partido Redes Sociales Progresistas (RSP) impugnó sin éxito dos sanciones en Baja California y Chihuahua. Y Movimiento Ciudadano en Campeche.


EHR

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