El pasado mes de junio de este año, fue publicada la nueva Norma Oficial Mexicana -037 (NOM -037) a través del Diario Oficial de la Federación (DOF) con el objetivo de regularizar el trabajo a distancia, una modalidad que fue implementada por varias empresas durante y después de la pandemia por covid-19.
La nueva modalidad de trabajo también conocida como home office ha generado varias preguntas, por lo que el gobierno federal de México se vio en la necesidad de promover un marco regulatorio estableciendo los derechos y obligaciones de los trabajadores y empleadores que laboran en este formato.
La Norma Oficial Mexicana NOM -037 entrará en vigor a partir de diciembre. Bajo este entendido, resalta la duda sobre si las empresas pueden hacer visitas al domicilio de sus empleados cuando se encuentren laborando a distancia. Aquí respondemos esta duda.
¿La empresa pueden revisar mi casa mientras trabajo a distancia?
En el punto 5 de la NOM -037 donde se establecen las obligaciones del patrón, se detalla que es válido que la empresa presente evidencia de cumplimiento de las condiciones de seguridad y salud en el teletrabajo en un documento.
De esta forma, todos los trabajadores que quieran recurrir a la modalidad de home office, cuenten con las condiciones para laborar cuando no estén en la oficina.
El subapartado 5.5 de la NOM -037 indica que los espacios de trabajo a distancia deben contar con la validación del patrón, quien se deberá cerciorar que se cumplan con las condiciones de privacidad, seguridad y salud.
Por consiguiente, si estás laborando bajo la modalidad de trabajo a distancia, tu patrón puede ir hasta tu domicilio y proceder a hacer revisiones del lugar donde trabajas.
El empleador podrá visitar los domicilios de sus trabajadores si estos le autorizan previamente a hacerlo, de lo contrario, no podrá hacer la visita hasta que el empleado lo valide.
¿Cuáles son las condiciones de trabajo establecidas para el home office?
- Contar con condiciones de seguridad y salud en el trabajo, con énfasis en el buen estado de las instalaciones eléctricas; con iluminación, ventilación y condiciones ergonómicas.
- Que cuenten con un espacio de trabajo iluminado por luz natural o artificial que no provoque fatiga visual o deslumbramiento.
- Temperatura y ventilación que se perciba agradable para el tipo de actividad que se realiza durante la jornada.
- Lugar de trabajo cómodo para realizar sus actividades, evite que la espalda, los hombros o cuello acumulen tensiones.
- Que se eviten riesgos de trabajo provocados por factores de riesgo psicosocial.
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