La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) y la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU DH) pidieron al gobierno de México investigar y sancionar a quienes resulten responsables del mal uso de Pegasus.
Además, ambas organizaciones internacionales señalaron que la investigación debe incluir la identificación plena de las víctimas de espionaje o intento de espionaje, así como la posibilidad de informarlas de ello.
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Por ello, exhortaron a garantizar la adopción de las medidas necesarias para respetar, proteger y avalar el derecho a la privacidad, así como la libertad de expresión de la ciudadanía, el ejercicio del periodismo, la defensa de los derechos humanos, la participación pública y las garantías a la oposición política.
En este sentido, la CIDH, su RELE y la ONU DH recordaron que es importante que los gobierno limiten el uso de cualquier tipo de tecnología que pueda intervenir las comunicaciones privadas, de acuerdo con estándares internacionales de derechos humanos.
De manera que, recomendaron, este uso debe estar delimitado en forma clara y precisa en la ley, ser excepcional y operar en función de lo estrictamente necesario; además, debe contar con autorización judicial previa y una supervisión constante de los organismos estatales pertinentes.
Asimismo, aseguraron que este tipo de prácticas involucra la responsabilidad tanto de los Estados como de las empresas. Por ello reiteraron el llamado a la moratoria inmediata sobre la venta, la transferencia y el uso de la tecnología de vigilancia hasta que se establezcan marcos normativos en línea con los derechos humanos.
“Es importante reiterar el deber de las compañías privadas de adecuar su actuación a derechos humanos, y las obligaciones de los Estados de debida diligencia, transparencia y rendición de cuentas, especialmente en términos de contratación y supervisión de los servicios prestados por actores privados”, finalizaron la CIDH y ONU DH.
ROA