Plantea PAN eliminar delito de rapto del Código Penal

El diputado Luis Susarrey señaló que atenta contra la dignidad de las mujeres, por lo que entregó una iniciativa de reforma para derogar del artículo 359 al 363.

La propuesta fue hecha mediante una iniciativa de reforma por el diputado Luis Susarrey. (Leonel Rocha)
Ricardo Alanís
Monterrey /

Para terminar con las acciones antiguas como “el robarse a la novia”, basado en que atenta contra la dignidad de las mujeres y porque ya existen agravantes de violencia que castiga la ley, el Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN) propuso la eliminación del delito de rapto del Código Penal de Nuevo León.

La propuesta fue hecha mediante una iniciativa de reforma por el diputado Luis Susarrey, y consiste en la derogación del artículo 359 al 363 del Código Penal Estatal para eliminar el mencionado delito.

“Detectamos un artículo prehistórico en nuestro Código Penal del Estado de Nuevo León, que es el delito de rapto, es un delito completamente discriminativo. Hace referencia a la persona que se apodere de una mujer como si una mujer fuera un objeto para que te puedas apoderar de él. Entonces atenta contra su dignidad, y además, establece una pena sumamente baja comparada con otros delitos; establece una pena de dos meses a seis años de prisión cuando una persona se apodere de una mujer para fines sexuales”, explicó el legislador del PAN.
“Otros delitos sin importancia, que no quiero mencionar por respeto y dignidad, no es posible que tengan una pena de diez años y con eso verán la gravedad de lo anticuado de nuestro Código Penal”, expresó.

El legislador Susarrey comentó que en el Código Penal existen otras conductas que ya son sancionadas.

Indicó que el delito de rapto se usaba en años anteriores dentro de costumbres establecidas en las comunidades.

En la entrega de la iniciativa estuvieron también la diputada Rosa Isela Castro Flores y el dirigente estatal del PAN, Mauro Guerra Villarreal.

“La persona que prive de su libertad a una mujer para fines de obtener un beneficio económico se llama secuestro; si la priva de su libertad para fines de abusar sexualmente se llama violación, estupro o atentados al pudor, dependiendo del supuesto en el que caiga, entonces no tiene caso tener un delito de rapto”, comentó.

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