Policía de Hidalgo aseguró 97 armas en el último año

En julio pasado, soldados de la 18ava Zona Militar de la Sedena llevaron a cabo la destrucción de armamento asegurado.

Policía de Hidalgo. (Cortesía)
Alejandro Reyes
Pachuca /

En 2021 la policía estatal de Hidalgo aseguró 97 armas de fuego, de acuerdo con el Censo Nacional de Seguridad Pública Estatal 2022 elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

El Censo precisa que en 2021 las instituciones de seguridad pública estatal aseguraron cinco mil 721 armas de fuego cortas y dos mil 491 armas largas. En contraste con 2020, la cantidad total de armas cortas disminuyó 15.3 por ciento, en tanto que para las largas, la disminución fue de 23.1 por ciento.

La Ciudad de México y el Estado de México reportaron la mayor cantidad de armas de fuego aseguradas, mil 401 y 868 respectivamente. Las dos entidades concentran 27.6 por ciento del total nacional.

Veracruz y Sonora también registraron un aseguramiento alto de armas. Veracruz con 779 y Sonora con 638. En Hidalgo se aseguraron 97 aunque el Censo no precisa cuántas de ellas son largas y cuántas cortas. En 2020 se aseguraron 107 armas.

En julio pasado, soldados de la 18ava Zona Militar de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) llevaron a cabo la destrucción de armamento asegurado. En la Plaza Juárez de la ciudad de Pachuca se destruyeron con una sierra mecánica 214 armas, de las cuales 167 eran largas y 47 cortas para posteriormente terminar en una fundición.

La Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos establece que el Ejecutivo Federal, los Gobiernos de los Estados, del Distrito Federal y los Ayuntamientos, realizarán campañas educativas permanentes que induzcan a reducir la posesión, la portación y el uso de armas de cualquier tipo.

La posesión de toda arma de fuego deberá manifestarse a la Sedena para el efecto de su inscripción en el Registro Federal de Armas. No se permitirá la posesión ni portación de las armas prohibidas por la Ley ni de las reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, salvo los casos de excepción señalados en la Ley.

La Ley establece que en el domicilio se podrán poseer armas para la seguridad y defensa legítima de sus moradores. Su posesión impone el deber de manifestarlas a la Secretaría de la Defensa Nacional para su registro. Por cada arma se extenderá constancia de su registro.

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