La bancada del PRI en el Senado afirmó que las dos acciones de inconstitucionalidad presentadas contra la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal por la creación de comisiones presidenciales y ‘superdelegados’ pretende evitar la transgresión de los principios constitucionales de la Administración Pública Centralizada.
El coordinador de la bancada, Miguel Ángel Osorio Chong, destacó que los ‘superdelegados’ tienen funciones de coordinación de las oficinas de representación en los estados y facultades de supervisión sobre todos los servicios y programas a cargo de las dependencias y entidades locales.
“Esta acción es violatoria de los principios de la Administración Pública Centralizada, ya que se centralizan las designaciones que correspondían a cada Secretaría de Estado para transferirlas a entes específicos, violando los principios de la Administración Pública Centralizada de racionalización del poder público y designación autónoma de cada Secretario de sus titulares”, aseguró el líder del grupo parlamentario.
El instrumento jurídico, respaldado por 45 legisladores del PRI y de otras fuerzas políticas representadas en el
Senado, establece que la figura de ‘superdelegados’ viola el principio de federalismo porque crea una intermediación entre la Federación y los estados, así como entre los municipios y gobierno local.
Por otra parte, los senadores del PRI, junto a 38 legisladores de otros partidos de oposición presentaron una segunda acción de inconstitucionalidad que busca impedir el establecimiento Comisiones Presidenciales (de investigación) cuya operación no se encuentra regulada en la Constitución.
De acuerdo con los legisladores, en dicha figura no existe certeza de la naturaleza y alcance de la propuesta, no hay un control parlamentario ni límites en las facultades de investigación, seguimiento y fiscalización.
“Su objeto puede ser cualquiera que determine el Presidente de la República. No hay requisitos específicos para los que integren estas Comisiones”, señalaron los senadores priistas”, destacó.
OVM