El Grupo Parlamentario del PRI presentó una iniciativa de ley para cambiar las fechas de la fiscalización en el Estado de México, para que la rendición de cuentas se lleve a cabo durante el periodo en el que están las autoridades auditadas y puedan responder de manera directa por las gestiones a su cargo.
La presidenta de la comisión de Vigilancia del Órgano Superior de Fiscalización, Evelyn Osornio Jiménez, consideró que antes de irse los y las titulares del Ejecutivo y de los ayuntamientos deben justificar el manejo financiero que llevaron a cabo y por ello deben entregar antes los informes del último ejercicio fiscal.
De aprobarse esta reforma las nuevas fechas, plazos y procedimientos previstos serán aplicables a los procesos de fiscalización en trámite o en curso y el OSFEM tendrá 120 días hábiles para emitir los dictámenes de solventación o promover los informes de presuntas responsabilidades administrativas, denuncias de hechos, juicio político o lo que proceda sobre cualquier procedimiento iniciado antes de la entrada en vigor de las nuevas reglas.
Para acelerar las revisiones considera necesario fortalecer los informes trimestrales para que tengan más peso en la revisión, así como implementar un nuevo esquema para la presentación de los informes de resultados ante la Comisión de Vigilancia y modificar la fecha en la cual se debe presentar el dictamen de cuentas públicas al Pleno de la Legislatura.
La propuesta establece que la fiscalización se debe realizar de manera posterior al finalizar cada ejercicio fiscal, a más tardar el 31 de enero posterior y que el programa anual de auditorías debe ser aprobado y publicado a finales del primer mes del año, aunque desde el primer día del año podrá llevar a cabo la fiscalización, lo mismo ocurrirá con los informes trimestrales.
El OSFEM tendrá hasta el 30 de septiembre del año en el cual se entreguen las cuentas para presentar el informe, pero si se trata del último año de la gestión estatal el plazo vence el 31 de julio, es decir, 60 días antes que se cambie la administración.
Con los ayuntamientos el límite sería el 31 de mayo para entregar el primer informe trimestral, el 31 de agosto el segundo y el 30 de noviembre el tercero. La fecha del cuarto no cambia; el dictamen de la comisión no podrá entregarse después del 14 de septiembre cuando se refiera al penúltimo ejercicio fiscal. Cuando se trate del último año de gestión todas las fechas se acortan para terminar lo antes posible.
Además, contempla los requisitos que debe reunir quien busque la titularidad de la Unidad Técnica de Evaluación y Control, a partir de la selección que haga la Junta de Coordinación Política, para garantizar que tenga conocimientos en el materia de rendición de cuentas.
La legisladora señaló que esta iniciativa busca coadyuvar a una fiscalización exhaustiva, imparcial, seria, con rigor y profundidad, además de permitir que cualquier persona que conozca de hechos irregulares presente denuncias y que la Comisión de Vigilancia pueda instruir auditorías.
Esto último debido a que será el OSFEM quien cuente con facultades para revisar las denuncias presentadas por personas físicas o jurídicas colectivas sobre presuntos daños o perjuicios a la hacienda pública estatal o municipal, o al patrimonio de los entes públicos.
MMCF