La fracción del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en la Cámara de Diputados presentó una iniciativa de reformas al Código Penal Federal para castigar con una pena de entre seis meses y dos años de cárcel el delito de hostigamiento sexual, que actualmente se sanciona solo con una multa de hasta 800 días de salario mínimo (113 mil 360 pesos).
De acuerdo con la propuesta suscrita por la legisladora priista Miriam del Sol Merino, la penalidad para los responsables de hostigamiento sexual son en la actualidad mínimas respecto al daño que ocasionan a sus víctimas y, peor aún, la impunidad de ese delito alcanza prácticamente el cien por ciento.
El estudio de impunidad feminicida “Radiografía de los datos oficiales sobre violencia contra las mujeres (2017-2019)”, de la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todos y Todas, detalla de las 3 mil 502 denuncias por hostigamiento sexual presentadas en ese lapso, apenas diez terminaron en sentencia favorable a una víctima mujer, es decir, 0.2 por ciento de los casos denunciados.
Precisa además que, de quince tipos de delitos analizados, 99 por ciento de las denuncias presentadas por mujeres quedaron impunes.
La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (Endireh), revela además que 26.6 por ciento de las mujeres que trabajan o trabajaron alguna vez experimentaron algún tipo de violencia laboral, fundamentalmente los relacionados con lo sexual o discriminatorio, mientras los principales responsables son los compañeros de trabajo (35.2 por ciento de los casos) y los superiores jerárquicos (19.3 por ciento de los casos).
A lo anterior se suma que 93.2 por ciento de los delitos no se denuncian en México.
La iniciativa de la diputada Merino señala que las sanciones vigentes por hostigamiento sexual son mínimas, y no inhiben la ofensa, debido a que una sanción económica o una inhabilitación máxima de un año provocan que el responsable no sea castigado de acuerdo con la acción que comete.
Por ello, ante la impunidad existente, se propone una pena de seis meses a dos años de prisión a quien con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique subordinación.
Si el hostigador fuese un servidor público y utilizare los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, se le destituirá del cargo y se le podrá inhabilitar para ocupar cualquier otro cargo público hasta por un año.
JLMR