El consejo general del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó ampliar hasta el 8 de mayo el plazo para recepción de las solicitudes para la realización del proceso de revocación de mandato en la capital.
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Esto será aplicable para los cargos de representación popular elegidos durante las elecciones 2020-2021 en la capital del país, como alcaldes, diputados y concejales.
En sesión virtual avaló extender la fecha luego de lo ordenado por el Tribunal Electoral capitalino, a través de la sentencia del juicio electoral TECDMX-JEL-027/2023, ya que el plazo para la recepción vencía este 21 de abril.
Dichas modificaciones también ajustarán el periodo de revisión de solicitudes y en su caso, prevención al Comité Promotor de la revocación, ahora será del 9 al 15 de mayo, mientras que las actividades de revisión y verificación de apoyos será del 16 de mayo al 14 de junio, la emisión de la convocatoria del 15 al 24 de junio y el proceso de revocación de mandato el 27 de agosto.
El consejero electoral, Mauricio Huesca Rodríguez detalló que la fecha prevista para la Jornada Consultiva no fue modificada, por lo que ese plazo se mantiene para el 27 de agosto de 2023.
Las solicitudes de realización de revocación de mandato deben ser presentadas por los ciudadanos e ir respaldadas con las firmas de apoyo ciudadano equivalentes al 10 por ciento de la lista nominal del ámbito territorial donde se pretenda realizar dicho proceso, ya sea a alcaldes, diputados o concejales electas por los principios de Mayoría Relativa y Representación Proporcional.
Revocación de mandato en la Ciudad de México
Las y los habitantes de la Ciudad de México tendrán hasta el 8 de mayo para presentar su solicitud y firmas para la revocación de mandato de los 16 alcaldes, diputados del Congreso local y concejales, para que en su caso, a través de una consulta, concluyan su administración de manera anticipada.
Los solicitantes tendrán que juntar un total de firmas equivalentes al 10 por ciento de la lista nominal de la alcaldía o diputación donde se pretenda realizar dicho ejercicio.
Las solicitudes deben ser presentadas por un Comité Promotor, integrado hasta por cinco personas ciudadanas, y para facilitar dicho procedimiento el IECM ha puesto a disposición de la ciudadanía un formato donde se especifican los requisitos, además de que ha estado en comunicación con el Instituto Nacional Electoral para que pueda ser utilizada la aplicación móvil desarrollada por ese organismo para recabar las firmas de apoyo.
El IECM puso a disposición de la ciudadanía interesada en solicitar el referido proceso, un formato para recabar las firmas de apoyo disponible en la plataforma digital de Participación Ciudadana, y también la aplicación desarrollada por el Instituto Nacional Electoral.
De cumplir con los requisitos requeridos, el proceso de revocación de mandato se realizaría el 27 de agosto.
El proceso de revocación de mandato se dispone en el artículo 68, párrafo primero de la Ley de Participación Ciudadana, donde además de acuerdo con el instituto, se considera viable la utilización del modelo de Mesas Receptoras de Opinión que se emplearán en la Consulta de Presupuesto Participativo 2023 y 2024, que se celebrará el 7 de mayo.
En los lineamientos se especifica que la fecha prevista para la realización de la Jornada de la Consulta de Revocación de Mandato es el domingo 27 de agosto de 2023, al constituir el plazo más cercano al inicio del proceso electoral, en la cual no se comprometen los trabajos inherentes a la planeación, preparación y desarrollo del Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.
DMN