PVEM propone hasta 5 años de cárcel por incumplir obligaciones alimentarias para hijos

De acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, tres de cada cuatro menores no reciban de su padre la pensión alimenticia, según la iniciativa de la bancada verde en San Lázaro.

Tendedero a padres deudores de pensiones alimenticias | Especial
Fernando Damián
Ciudad de México /

La bancada del PVEM en la Cámara de Diputados presentó una iniciativa de reforma al Código Penal Federal para sancionar hasta con cinco años de cárcel a quien incumpla de manera consecutiva o intermitente por más de 60 días las obligaciones alimentarias con sus hijas e hijos.

Según el proyecto, cada vez hay más casos en los cuales el padre se desentiende de la obligación alimentaria con los menores y tan solo entre enero y agosto de 2021 se registraron 15 mil 495 denuncias por incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar.

"Somos un país en el cual permitimos, solapamos y toleramos que tres de cada cuatro menores de edad no reciban de su padre la pensión alimenticia que por derecho les corresponde y, de acuerdo con información oficial del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el número de denuncias en nuestro país por incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar hacia los hijos crece significativamente año con año", puntualizó la legisladora verde Rocío Corona.

La iniciativa plantea por ello considerar como abandono el incumplimiento consecutivo o intermitente por más de 60 días de las obligaciones alimentarias que la ley determina a un padre hacia sus hijas e hijos, además de prever penas de hasta cinco años de prisión por los daños ocasionados al menor.

Los cambios propuestos al artículo 336 del Código Penal Federal consideran igualmente la privación de los derechos de familia y pago como reparación del daño de las cantidades no suministradas oportunamente por el acusado.

“Debemos proteger el derecho de los menores en nuestro país a recibir sus alimentos en tiempo y forma, conforme lo establece la ley, y con ello proteger también la estabilidad económica y emocional de la madre y, en consecuencia, de la familia en su conjunto”, remarcó Corona.

Recordó que el derecho de los menores de edad a la satisfacción de sus necesidades para su correcto desarrollo integral, ya sea alimentación, salud, educación y sano esparcimiento, es adquirido al nacer, por lo que no es posible en ninguna situación o bajo ninguna circunstancia abandonar su observancia, más aun cuando de proveerles los alimentos que les corresponden por derecho se trata.

Advirtió, sin embargo, que actualmente no existen mecanismos eficientes y eficaces para garantizar el cumplimiento de esa obligación y tampoco disposiciones legales que con contundencia y ejemplaridad sancionen casos de incumplimiento.

Con la reforma propuesta se establecería que “al que sin motivo justificado abandone a sus hijos o a su cónyuge, sin recursos para atender sus necesidades de subsistencia o eluda el cumplimiento consecutivo o intermitente por más de 60 días de las obligaciones alimentarias que la ley determina, se le aplicarán de un mes a cinco años de prisión y de 180 a 360 días multa; privación de los derechos de familia y pago, como reparación del daño, de las cantidades no suministradas oportunamente por el acusado”.

GGA

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