Magistrado propone incluir a senadores del Grupo Plural y diputados de MC en Comisión Permanente

El magistrado Felipe de la Mata Pizaña concluyó que al excluir a estas senadurías y diputaciones, se viola su derecho a ejercer el cargo para el que fueron votados.

MILENIO obtuvo una copia del proyecto que el magistrado Felipe de la Mata Pizaña circuló esta tarde a sus pares. | Cuartoscuro
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

El Tribunal Electoral podría emitir una sentencia que, por primera vez, ordene al Congreso de la Unión hacer ajustes en sus decisiones internas, al confirmar que están vulnerando los derechos de las senadurías del Grupo Plural, así como de las diputaciones de Movimiento Ciudadano al excluirlas de la Comisión Permanente, lo cual obstaculiza que ejerzan el cargo para el que fueron votados.

Desde el Senado, Nancy de la Sierra Arámburo y Alejandra del Carmen León Gastélum, y los senadores Germán Martínez, Emilio Álvarez Icaza Longoria y Gustavo Madero, del llamado Grupo Plural; y desde la Cámara de Diputados, Ivonne Ortega y Jorge Álvarez, de Movimiento Ciudadano, interpusieron un juicio electoral ante la Sala Superior del Tribunal del Poder Judicial de la Federación en contra de la aprobación del Senado, por un lado, y de la Cámara de Diputados, en el segundo caso, de la propuesta de la Jucopo para integrar la Comisión Permanente de la que fueron excluidos.

MILENIO obtuvo una copia del proyecto que el magistrado Felipe de la Mata Pizaña circuló esta tarde a sus pares para votarse en sesión pública este miércoles, en el que propone darles la razón, pues indica que sí existe una vulneración de derechos de acceso y ejercicio de su cargo.

Señala que la integración de la Comisión Permanente, la cual terminó con ocho senadurías de Morena, tres del PAN, dos del PRI y uno por parte del PVEM, el PT, MC, PES y PRD sin considerar las curules independientes y el nuevo Grupo Plural, por lo que no cumplen los lineamientos constitucionales de máxima representación efectiva, sustentado en los criterios de proporcionalidad y pluralidad.

Lo mismo, en el caso de la Comisión Permanente de la Cámara de Diputados integrada por ocho diputaciones de Morena, cuatro del PAN, tres del PRI, dos del PVEM, uno del PT y uno más del PRD.

De la Mata Pizaña aclara que estos proyectos tratan exclusivamente de analizar si los derechos que tienen como integrantes del Senado fueron vulnerados y si se les ha impedido ejercerlos, pues el derecho a ser votado incluye el poder ejercer el cargo.

“La Comisión Permanente realiza funciones sustantivas, que pueden llegar, incluso, al nombramiento de la persona titular del Poder Ejecutivo Federal. Dadas las funciones que desarrolla y las atribuciones que ejerce, es claro que en la integración de la Comisión deberían estar representados los grupos y fuerzas políticas que integran el Congreso de la Unión dado el carácter plural y representativo que tiene dicho órgano”, explica. 

Senadurías independientes no deberían quedar excluidas 

En el caso del Senado, reconoce que el problema radica en que el artículo 160 del reglamento señala expresamente que para su integración, se debe tomar en cuenta a los grupos parlamentarios que integran el pleno, lo que trae como consecuencia excluir de manera automática a senadurías independientes o sin grupo parlamentario.

“No deberían quedar excluidas las minorías, las senadurías independientes o sin grupo parlamentario”, los senadores que presentaron esta queja “no ejercen su cargo plenamente, dejándolos con una calidad distinta respecto de las demás personas que integran el Senado” al enfrentar la exclusión en esta Comisión.

En ambos juicios, las propuestas en poder de este medio concluyen que “al encontrarse en receso, no se le puede ordenar que reponga el procedimiento”, por lo que, lo que procede es “ordenar a la Cámara (de Senadores y de Diputados) y a la Jucopo que, en el ámbito de sus atribuciones establezca en su normativa interna un procedimiento y disposiciones para garantizar cómo un conjunto de senadurías independientes o sin grupo parlamentario, puedan integrar la Comisión Permanente y, en su caso, otros órganos legislativos, con base en el principio de máxima representación efectiva, sustentando en los criterios de proporcionalidad y pluralidad”.

Y aclara que “deberán ser aprobadas en el periodo ordinario de sesiones que da inicio el primero de febrero, de forma que sean aplicadas en el próximo receso del Congreso de la Unión. Esta normativa deberá ser emitida y aplicada para la próxima integración de la Comisión Permanente”.

La Sala Superior votará este miércoles el proyecto el cual requerirá que al menos tres magistraturas respalden al magistrado De la Mata Pizaña para que avance. En la última sesión del TEPJF únicamente cuatro magistraturas estaban presentes, pues el resto solicitó vacaciones.

JLMR

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