La diputada local Areli Rubí Miranda Ayala presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Protección y Trato Digno para los Animales para que cualquier autoridad policial pueda rescatar animales del interior de un domicilio cuando se esté cometiendo un delito de maltrato en su contra.
La iniciativa plantea que para irrumpir en las casas se deberán tener datos ciertos derivados de una percepción directa que permitan considerar razonablemente la posible comisión de una conducta delictiva.
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Lo determinante para la irrupción debe ser la urgencia del caso de modo que la intervención se torne inaplazable, ya sea para evitar la consumación de un ilícito o hacer cesar sus efectos.
Una vez puestos en salvaguarda a los animales se levantará un acta circunstanciada en el lugar en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del domicilio; de negarse a proponer testigos el ocupante del domicilio se nombrarán personas que pudiesen testificar, en caso contrario los elementos policiales así lo asentarán en el acta.
Cualquier otro hecho delictivo que se desprendiere de irrupción deberá ser hecha del conocimiento de la autoridad competente.
"El abandono y maltrato animal es una problemática que durante años ha sido denunciado por organizaciones civiles defensoras de los animales, durante este año a través de distintos medios de información estas organizaciones y activistas independientes han señalado un incremento en el abandono y maltrato animal, según datos publicados se ha registrado un incremento hasta del 40 por ciento de animales abandonados", argumentó la legisladora desde el Pleno del Congreso del estado.
Comentó que de acuerdo con el exsecretario de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable del municipio de Pachuca desde 2019, cuando se publicó el Reglamento de Tenencia, Protección y Trato Digno a los Animales del Municipio de Pachuca, en el Ayuntamiento recibieron 133 quejas y denuncias por maltrato animal, sin embargo solo seis del total derivaron en sanciones económicas.
Apuntó que actualmente Ley de Protección y Trato Digno para los Animales del Estado de Hidalgo, establece en su artículo 3, fracción XX, que el maltrato es todo hecho, acto u omisión del ser humano que puede ocasionar dolor, deterioro físico o sufrimiento que afecte el bienestar, ponga en peligro la vida del animal o afecte gravemente su salud o integridad física así como la exposición a condiciones de sobreexplotación de su capacidad física con cualquier fin.
"Sin embargo parte de las quejas ciudadanas expuestas en medios señalan que es complicado realizar una denuncia y aún cuando se ha intentado realizar la misma, las autoridades orientan a la gente a que acudan ante un Juez conciliador a fin de dirimir su queja o simplemente por falta de personal causada por la pandemia no se inician los procedimientos", agregó.
Miranda Ayala recordó que en agosto del 2016 el Congreso del estado aprobó las reformas de los delitos en contra de los animales, las cuales establecen que al que dolosamente realice actos de maltrato en contra de animales domésticos o ferales causándoles lesiones se le impondrá de 15 días a un mes de prisión y multa de 25 a 50 Unidades de Medida y Actualización en su modalidad de valor diario.
Agregó que en caso de que las lesiones causen la muerte al animal doméstico o feral se impondrá de uno a seis meses de prisión y multa de 50 a 150 Unidades de Medida y Actualización en su modalidad de valor diario.
"Tenemos que ser conscientes que aunque este tipo de delitos no se consideren de alto impacto por las autoridades se debe de establecer mecanismos que promuevan la denuncia contra este tipo de delito o que las autoridades puedan actuar sin mediar la denuncia que requiere la Ley de Protección y Trato Digno para los Animales del Estado de Hidalgo", concluyó la diputada.