Publican reforma en Periódico Oficial de Tamaulipas para cambio a Guardia Estatal

El cambio que aprobó el Congreso de Tamaulipas a varias leyes ya puede aplicarse para transformar la corporación.

Policía de Tamaulipas resguarda el Congreso. (Antonio Hernández)
Edith Álvarez
Tampico /

El día de hoy fue publicado en el Periódico Oficial del Estado la reforma para que el cambio de nombre de Policía Estatal a Guardia Estatal. En diversas leyes se ajusta el término para que esta nueva corporación sea la encargada de realizar funciones de seguridad pública.

En el decreto 65-423 se reforman diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Pública, de la Ley de Coordinación del Sistema de Seguridad Pública, de la Ley Orgánica de la Administración Pública, de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia, de la Ley de Tránsito y de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos, todo ello entrará en vigor a partir de mañana.


De acuerdo con la reforma aprobada por el Congreso de Tamaulipas la Policía Estatal cambia de nombre a Guardia Estatal y el objetivo es “contrarrestar la mala percepción de la policía estatal, utilizada en beneficio de quienes detentaban su mando y a la transferencia de parte de esta a ámbitos fuera del control del gobernador, sumado al estigma de corrupción y mala imagen proyectada hacia la población”.

Tras la publicación, los policías estatales pasan a formar parte de la Guardia Estatal, pero conservarán prestaciones o percepciones de cualquier tipo, así como el reconocimiento de su antigüedad en el servicio y en el grado, para los efectos de otorgamiento de grados en la escala jerárquica de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento del Servicio Profesional de Carrera Policial de la Secretaría de Seguridad Pública de Tamaulipas.

Nuevas patrullas de la Guardia Estatal.

Ajustes internos

Se indica que en un plazo no mayor a 90 días naturales, se realizarán las acciones jurídicas y administrativas inherentes a la integración, organización y funcionamiento de la Guardia Estatal, por lo que deberán adecuarse reglamentos, estructura orgánica y demás normatividad aplicable, a efecto de que se adopten las funciones de la Policía Estatal.

Durante la transición, las personas integrantes de la Policía Estatal continuarán sujetos al régimen disciplinario de la Ley de Seguridad Pública, del Reglamento del Servicio Profesional de Carrera Policial de la Secretaría de Seguridad Pública y del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública y tendrán las mismas obligaciones y prohibiciones que las dispuestas para la Guardia Estatal.

El presupuesto ya asignado y programado a la Secretaría de Seguridad Pública vinculado a la Policía Estatal, se entenderá subrogado en favor de la Guardia Estatal.


EAS

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