¿Trabajas este lunes? Esto te deben pagar por laborar en días feriados

Este lunes 7 de febrero es feriado con motivo del 105 aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aún vigente hasta nuestros días.

Este lunes 7 de febrero será feriado. (Pixabay / Archivo)
Ciudad de México /

Ante el primer puente largo de este año en México, muchas familias buscan salir de la rutina, sin embargo, algunas personas que se quedan trabajando no saben que por ser día feriado pueden recibir un pago extra en su salario. 

Este lunes 7 de febrero es feriado con motivo del 105 aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo que si te toca hacer alguna "guardia" o simplemente en tu trabajo no consideran esos días y tendrás que acudir a la oficina, recuerda que la Ley Federal del Trabajo está para ayudarte y estipula el pago que deberán recibir los empleados que laboren en un día festivo. 

Pero, ¿qué dice la Ley Federal de Trabajo?

En la Ley Federal de Trabajo podrás encontrar que de los artículos 69 al 75 hay leyes que defienden los derechos del trabajador, tales como días de descanso obligatorio. 

En este caso los artículos 74 y 75 son los que nos interesan; en el 74 se indica que son días de descanso obligatorio:

  • El 1o. de enero.
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
  • El 1o. de mayo
  • El 16 de septiembre.
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
  • El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
  • El 25 de diciembre.
  • El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Mientras que en el artículo 75 se indica que los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado. Es decir, el triple de lo que se recibe normalmente.

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