¿Quieres ser candidato independiente en Edomex? Aquí te damos más detalles

La fecha límite para realizar el registro por la vía independiente concluye el próximo 6 de diciembre.

Instituto Electoral en Edomex. | Claudia Hidalgo
Claudia Hidalgo
Estado de México /

¿Tienes interés de llegar al Congreso local y hacer leyes o dirigir el desarrollo de tu municipio? La única opción es ir a las urnas y que la ciudadanía te elija. No es indispensable que formes parte de un partido político, también puedes participar en las elecciones del 2024 por la vía independiente.

El registro se divide en dos momentos. El primero es registrar la intención de participar, donde se deben cumplir diversos requisitos y demostrar que tienes aceptación popular y para ello debes reunir el equivalente al 3 por ciento de firmas de apoyo de los y las electoras del distrito o municipio en el que deseas competir. Esto se hace con recursos propios y tope de gastos.

Quienes pasen esta etapa ya pueden ser considerados candidatos o candidatas y salir a campaña, a pedir el voto, igual que lo hacen los partidos políticos, pero con menos tiempo en radio y televisión y menos apoyo financiero.


¿Cuáles son los requisitos para un candidato independiente?

Para poder competir por una diputación local o alcaldía, por la vía independiente, se necesita ser ciudadana o ciudadano del estado en pleno ejercicio de sus derechos; ser mexiquense; no tener sentencias en contra por delito intencional; tener al menos 21 años; no ser ministro de algún culto religioso, a menos que se separe cinco años antes.

No ser consejero o consejera electoral, salvo que se separe dos años antes; no ser diputado local o federal, ni senador o edil en ejercicio; no ser juez, magistrado, ni integrante del Consejo de la judicatura del Poder Judicial; no ser servidor público federal, estatal o municipal a menos que se separen del cargo por lo menos 24 horas antes del inicio de las campañas.

No ser militar; no haber sido condenado por delitos de violencia política contra las mujeres en razón de género, no estar inscrito en el registro de deudores alimentarios morosos, ni tener cargos por violencia familiar o contra la libertad sexual. En el caso de los miembros partidistas o afiliados deben separarse tres años antes.

También deben estar inscritos en el padrón y en la lista nominal, contar con credencial para votar vigente, no formar parte del servicio profesional electoral del Instituto Electoral, ni tener cargos en electorales o formar parte de los órganos de dirección de organismos autónomos.

Salvo que se los hayan dejado dos años antes de la elección, ni ser integrantes del gabinete u organismos públicos descentralizados a menos que se retiren 90 días antes de la elección.


¿Cuáles son los plazos?

Los registros para manifestar la intención de participar ya están abiertos y concluyen el próximo 6 de diciembre en el caso de las diputaciones locales y el 10 de enero para los ayuntamientos. En ambos casos se presentan las solicitudes ante el órgano central del IEEM.

¿Qué documentos presentar?

Además de la credencial de elector y acta de nacimiento, se debe entregar el acta constitutiva en original o copia certificada que acredite la creación de la persona jurídica colectiva, constituida en asociación civil, conformada expresamente para la candidatura independiente.

Copia simple del documento emitido por el Servicio de Administración Tributaria en el cual se acredite la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes, así como el régimen de asociación civil, la cual deberá tener el mismo tratamiento que un partido político, con régimen fiscal de personas morales con fines no lucrativos.

Deben anexar la carátula de la cuenta bancaria que abrieron a nombre de la asociación civil para recibir financiamiento público y privado, así como rendir cuentas de sus ingresos y egresos, con el fin de evitar el uso de recursos de la delincuencia organizada o del extranjero.

Escrito de aceptación del uso de la aplicación móvil para la captación del apoyo ciudadano en la que se deberá proporcionar un correo electrónico activo y vinculado a Google o X.

¿Qué sigue?

El Consejo Electoral del IEEM resolverá la procedencia de las solicitudes en el mes de enero.

Quienes hayan sido aceptados o aceptadas podrán salir a la calle a buscar el apoyo de la ciudadanía, es decir, una firma que no comprometa su voto para el 2 de junio. En el caso de una diputación local tendrán 45 días, de enero al 17 de febrero y 30 días para los ayuntamientos, es decir, del 19 de enero al 17 de febrero

En todos los casos deben reunir el número de firmas de apoyo, equivalentes al 3 por ciento de la lista nominal de electores correspondiente al distrito electoral o municipio donde quieren participar.

Las firmas serán revisadas para evitar duplicidad, casos apócrifos o que no corresponden al municipio o distrito. Quienes cumplan con el porcentaje solicitado serán considerados candidatos y podrán salir a campaña, igual que las y los abanderados de los diferentes partidos políticos.

EMG

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.