Rechaza INE solicitud de medidas cautelares contra diputada de MORENA

Política

El Consejo Local del INE en Guanajuato consideró que es improcedente el dictado de la medida cautelar solicitada.

Instituto Nacional Electoral (INE) / Foto: Archivo
Guanajuato /

El Consejo Local del Instituto Nacional Electoral en Guanajuato resolvió en sesión virtual la improcedencia de solicitud de medidas cautelares formulada por el Partido Acción Nacional (PAN) a causa de la difusión del proceso de Revocación de Mandato, así como de propaganda difundida a favor del Presidente de la República.

Cabe mencionar que el órgano colegiado conoció la denuncia del PAN en contra de la diputada local de Morena, Hades Aguilar Castillo, gracias a una publicación en sus redes sociales, la cual, a juicio del PAN se trata de una invitación a participar en el proceso de Revocación de Mandato y resalta la imagen del Presidente de la República.

El Consejo Local del INE en Guanajuato consideró que es improcedente el dictado de la medida cautelar solicitada, que consiste a su vez en ordenar la suspensión o retiro del material denunciado. Esto se debe a que, en publicación realizada el 24 de febrero del año en curso, no se advierte una evidente violación a la normativa en materia de difusión del proceso de Revocación de Mandato.

Se precisa que en la publicación denunciada no se advierte de manera clara y evidente que se esté difundiendo el proceso de Revocación de Mandato, pues en las imágenes no se observa que la funcionaria denunciada esté invitando a participar en dicho proceso, como se había denunciado.

Cabe destacar que la aplicación de las medidas cautelares supone la existencia objetiva y verificable de una acción u omisión que pueda causar daños o perjuicios a los derechos subjetivos o sociales. Por ello, el máximo tribunal en la materia ha determinado que no resulta válida la adopción de medidas cautelares sobre intuiciones, presunciones o indicios, como en este caso.

Por otro lado, con respecto al análisis del contenido de dicha publicación, se considera que éste únicamente genera una serie de presunciones ya que resulta, bajo la apariencia del buen derecho, una expresión espontánea de la funcionaria denunciada, quien se encuentra amparada por la libertad de expresión.

Finalmente, el Consejo Local señaló que la situación antes expuesta, no prejuzga respecto de la existencia o no de las infracciones denunciadas, lo que no es materia de la presente determinación, es decir que, si bien en el acuerdo esta autoridad ha determinado la improcedencia de la adopción de las medidas cautelares ello no condiciona la determinación de la autoridad competente, al someter los mismos hechos a su consideración para el análisis del fondo del asunto.



​ALOL

  • Redacción
  • digital@milenio.com
  • La redacción de Milenio está compuesta por un equipo de periodistas y colaboradores con amplia experiencia en el campo del periodismo y la comunicación.

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.