Adrián Oseguera Kernion recuperó su candidatura a la presidencia municipal de Ciudad Madero, por la coalición “Juntos Haremos Historia”, luego de que el Trife validó la corrección en su acta de nacimiento y determinó que es originario de la urbe de petrolera, zona a la que aspira gobernar, con lo que cumple el requisito de elegibilidad.
La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, revocó la resolución emitida por el Tribunal Electoral de Tamaulipas (Trieltam) que invalidaba su postulación bajo el argumento de que era originario de Tampico y no de Ciudad Madero.
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Oseguera Kernion con esta acción se sube al proceso electoral y podrá empezar su campaña política, tras haberse resuelto en su favor el juicio de protección de derechos político-electorales del ciudadano que promovió, así como el recurso de revisión constitucional interpuesto por la coalición Juntos Haremos Historia (Morena, PES, PT), mismos que fueron acumulados para su resolución.
"De las pruebas del expediente, se advierte que el Tribunal local no atendió el hecho de que las partes presentaron certificaciones de las copias de los libros de acta de nacimiento del candidato, en las cuales constaba que había existido un procedimiento de aclaración", se expresó al presentarse el proyecto de sentencia.
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Se enfatizó que la autoridad registral había rectificado la anotación del lugar de nacimiento de Adrián Oseguera, aclarando que el dato correcto es Ciudad Madero Tamaulipas, y no Tampico como sostuvo el Trieltam.
"De ahí que existen elementos suficientes para determinar que cumple el requisito de elegibilidad, al haber nacido en el municipio al cual aspira a la alcaldía, por lo que se propone dejar subsistente el registro de su candidatura, y vincular al Instituto Electoral de Tamaulipas para que realice de inmediato las diligencias necesarias para que inicie campaña", se expuso.
Al someterse a consideración de los Magistrados el proyecto, no hubo intervenciones, siendo aprobado de inmediato por unanimidad de votos.
Los puntos de la sentencia son: Primero: Se resuelven y se acumulan los expedientes SM-JDC-453/2018 y SM-JRC-88/2018. Segundo: Se revoca la sentencia impugnada. Tercero: Se deja sin efecto el registro de la candidatura de Luis Manuel Rangel Saldierna. Cuarto: Se declara subsistente el registro de Adrián Oseguera como candidato a la presidencia municipal de Ciudad Madero, tal como fue aprobado mediante el acuerdo 32/2018 del Consejo General del Ietam. Quinto: Se vincula al Consejo Electoral del Ietam para que de inmediato inicie campaña.
ELGH