Reencauza TEEH medios de impugnación contra PAN y Morena

Uno de ellos deberá ser resuelto por la Comisión de Justicia a nivel federal del albiazul, mientras que el otro será competencia de la Sala Superior del TEPJF

María Luisa Oviedo Quezada, magistrada del TEEH. (Jorge Sánchez)
Pachuca /

La Comisión de Justicia del Partido Acción Nacional (PAN) deberá resolver en un período de cinco días la queja interpuesta por la precandidata del albiazul a la presidencia municipal de Tizayuca, Leticia Luna García, sentenció la magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), Mónica Patricia Mixtega Trejo, al resolver como improcedente el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos y Electorales del Ciudadano (JDC) bajo expediente TEEH-JDC-062/2020.

Pese a que el juicio se presentó por la vía per saltum al órgano jurisdiccional local bajo el argumento de que el órgano intrapartidista requeriría de al menos 20 días para dar solución a su impugnación, Mixtega Trejo señaló que derivado de la suspensión del proceso electoral en la entidad se cuenta con tiempo suficiente para que se resuelva este asunto dentro de los procedimientos adecuados al interior del partido político, y de esa forma solventar su queja ante la Comisión Permanente del Consejo Estatal del Partido Acción Nacional en el estado de Hidalgo.


Esto ya que busca invalidar el acuerdo emitido el 22 de marzo de este año, mediante el cual se establece un método de elección por votación secreta para elegir el orden de prelación que se envía a la Comisión Permanente del Consejo Estatal del Partido Acción Nacional para la elección de candidatos a presidentes municipales, aunque únicamente lo emite por el municipio de Tizayuca, “intenta justificar la vía per saltum al decir que se ven mermados sus derechos si agota la cadena impugnativa, pues se estima un periodo de 20 días hábiles para resolver este tema, pero la suspensión de la elección local, desde el pasado primero de abril, permite que la instancia intrapartidista esté en forma de dar conocer este medio de impugnación y que resuelva de manera inmediata en un plazo no mayor a cinco días hábiles”, apuntó Mixtega Trejo.

Por otro lado la magistrada presidenta del TEEH, María Luisa Oviedo Quezada, declaró la incompetencia del órgano jurisdiccional local para resolver los medios impugnación bajo los expedientes: TEEH-JDC-063-2020 y sus acumulados TEEH-JDC-064-2020, TEEH-JDC-065-2020, y TEEH-JDC-066-2020, por lo que debido a la naturaleza de las quejas contra el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) y la Comisión Nacional de Elecciones (CNE) del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), deberán ser dirimidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Los JDC interpuestos por: María José Melgoza Mabridis, Martín Gerardo Melgoza Chávez, Juan Rubén García Lastiri y David García Ludlow se manifiestan en contra de la convocatoria al Tercer Congreso Nacional Ordinario del Partido Morena, misma que fue hecha pública el primero de julio en la página de internet de sus autoridades nacionales; además anexan un documento de cumplimiento de sentencia con el cual pretenden justificar la vía per saltum para ser resuelto por el órgano jurisdiccional local y no por la instancias intrapartidistas.

“Los actores en un apartado hacen justificación del per saltum a efectos de que se administre justicia pronta, completa e imparcial al acto reclamado, sin embargo esta convocatoria deriva de una sentencia emitida por la Sala Superior, los cuatro juicios exponen actos que son inherentes a autoridades nacionales y pretenden hacer cumplir una sentencia del órgano jurisdiccional federal, por lo que propongo declarar la incompetencia de este tribunal y para no afectar el derecho de los promoventes propongo que se haga a remisión de las demandas originales a la Sala Superior del TEPJF”, finalizó.

  • Teodoro Santos

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