Aterriza iniciativa del gobernador, Américo Villarreal Anaya para transformar al Poder Judicial del Estado de Tamaulipas, con la que la elección extraordinaria de juezas, jueces, magistradas y magistrados será el primer domingo de junio del 2025.
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La iniciativa de reforma constitucional al Poder Judicial del Estado, presentada al Congreso de Tamaulipas, contempla que la elección de los nuevos juzgadores estará organizada, vigilada y fiscalizada por el Instituto Electoral de Tamaulipas (Ietam).
¿Cuánto tiempo permanecerán en el cargo los jueces electos?
- Los integrantes del órgano judicial electos permanecerán en el cargo, de 8 a 11 años, esto es al 2033 y al 2036 respectivamente, como se desglosa abajo.
- Las mujeres y hombres seleccionados, en un 50-50 por ciento, deberán rendir protesta ante el Congreso de Tamaulipas y entrar en funciones el primero de octubre.
- En el documento se aclara que los elegidos en votación no podrán tener una remuneración mayor a la del gobernador ni de la presidenta de la república.
Así se dio entrada, este jueves a la iniciativa del gobernador, al que el Congreso de Tamaulipas dio entrada con 24 votos a favor y 8 en contra, cuatro legisladores justificaron su inasistencia.
Tras el aval, fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para ser analizada y dictaminada, y su posterior presentación en el Pleno Legislativo para su aprobación.
¿Cómo será el proceso para la elección con la nueva reforma al Poder Judicial?
- El periodo de campaña no deberá durar más de 60 días y se aclara que no podrán recibir financiamiento público o privado.
- Serán electos por voto popular 10 magistrados de número del Supremo Tribunal de Justicia; el titular de la magistratura supernumeraria; los magistrados regionales, así como los jueces y juezas de primera instancia y menores.
- Las cinco personas que resulten electas como magistrados de pleno con mayor votación durarán en el cargo 11 años, mientras que los 5 con menos votos, serán designadas para un periodo de 8 años.
¿Cuánto durarán en el poder los magistrados y las magistradas con la nueva reforma?
- Para la Magistratura Supernumeraria del Supremo Tribunal de Justicia su periodo concluirá en el año 2033.
- Para magistradas y magistrados regionales del Tribunal de Justicia el cargo durará 8 años de quien obtenga el menor número de votos y 11 años a las dos personas que obtengan mayor votación, por lo que los periodos concluirán en 2033 y 2036, respectivamente.
- Magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial los cargos durarán ocho y once años.
- Las tres candidaturas que obtengan el mayor número de votos concluirán su periodo en el año 2036 y las dos con menor votación concluirán en el año 2033.
¿Qué tiempo tendrán en el poder los jueces y juezas?
- Para juezas y jueces de primera instancia y Juezas y Jueces menores el cargo durará 8 años, por lo que su periodo concluirá en el año 2033.
- Lo anterior no será aplicable a las Magistradas y Magistrados en funciones que compitan en la elección extraordinaria del año 2024-2025, quienes, en caso de resultar ganadores, únicamente ejercerán el cargo por el periodo que reste a su nombramiento original.
- Los derechos laborales de las personas trabajadoras del Poder Judicial del Estado serán respetados en su totalidad.
¿Cómo se dividirá el presupuesto de los recursos?
El presupuesto de egresos del ejercicio fiscal que corresponda considerará los recursos necesarios para el pago de pensiones complementarias, apoyos médicos y otras obligaciones de carácter laboral, en los términos que establezcan las leyes o las condiciones generales de trabajo aplicables.
Las juezas y jueces que concluyan su encargo por haber declinado su candidatura o no resultar electas por la ciudadanía para un nuevo periodo, serán acreedoras al pago de un haber de retiro por un importe equivalente a tres meses de salario integrado y de veinte días de salario por cada año de servicio prestado, así como a las demás prestaciones a que tengan derecho al momento de su retiro.
¿Qué actividades llevará a cabo el Poder Judicial del Estado en los procesos?
El Poder Judicial del Estado llevará a cabo los actos y procesos necesarios para extinguir los fondos, fideicomisos, mandatos o contratos análogos que no se encuentren previstos en esta Constitución o en una ley secundaria.
Además, tendrá un plazo máximo de 30 días naturales posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto para enterar la totalidad de los recursos remanentes en dichos instrumentos, así como los productos y aprovechamientos derivados de los mismos, a la Secretaría de Finanzas del Estado.
El documento concluye que para la interpretación y aplicación de este Decreto, los órganos del Estado y toda autoridad jurisdiccional deberán atender a su literalidad y no habrá lugar a interpretaciones análogas o extensivas que pretendan inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o su vigencia, ya sea de manera total o parcial.
BRR