Reforma electoral propone adelantar fechas de registro de candidaturas; no amplían plazos

La iniciativa para modificar el Código Electoral de Hidalgo que se presentará este 14 de septiembre en el Congreso Local cambia las fechas para que los partidos políticos presenten sus postulaciones

Estos son los puntos clave del plan B de la reforma electoral de la presidenta Claudia Sheinbaum. | Cuartoscuro
Pachuca /
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Dentro de la propuesta de reforma al Código Electoral de Hidalgo, misma que se prevé revisar y en su caso aprobar este lunes 14 de septiembre, contempla modificación de las fechas para que los partidos políticos presenten sus registros de candidaturas ante el Instituto Estatal Electoral (IEEH), de acuerdo al dictamen definitivo de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales al que tuvo acceso MILENIO.

Lo anterior, detalla el documento, a través de cambios al artículo 114 el cual establece que: “en el año de la elección en que se renueven el Poder Ejecutivo y/o el Poder Legislativo del Estado, los candidatos serán registrados entre el octagésimo segundo al septuagésimo octavo día anterior al de la celebración de la jornada electoral”; es decir, si la Jornada Electoral es el próximo seis de junio del 2027, el registro debía ser entre del 16 al 20 de marzo del 2027.

El proyecto de reforma electoral modifica el plazo conforme a lo siguiente: “en el año de la elección en que se renueven el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo o ambos, los candidatos serán registrados del octogésimo noveno al octogésimo quinto día anterior al de la celebración de la jornada electoral”; es decir, si los comicios son el próximo seis de junio de 2027, el registro de candidaturas para renovar, en este caso las diputaciones locales, será del nueve al 13 al de marzo de 2027.

Por otro lado, para la postulación de planillas para la renovación de los 84 ayuntamientos de la entidad, la iniciativa igualmente modifica las fechas, pero no amplía el plazo para que las fuerzas políticas cumplan con la postulación de sus perfiles. Esto debido que la norma vigente contempla que en el año de la elección en que se renueven los ayuntamientos, “las planillas de candidaturas serán registradas entre el septuagésimo tercero al septuagésimo octavo día anterior al de la celebración de la jornada electoral, por los Consejos Distritales o supletoriamente ante el Consejo General del IEEH; es decir, tendrían un plazo del 20 al 25 de marzo del 2027 para este efecto.

La nueva propuesta contempla lo siguiente: “en el año de la elección en que se renueven los Ayuntamientos, las planillas de candidaturas serán registradas del octogésimo quinto al octogésimo día anterior al de la celebración de la jornada electoral, por los Consejos Distritales o, supletoriamente, ante el Consejo General”; es decir, del 13 al 18 de marzo de 2027, manteniendo los cinco días hábiles para cumplir con este trámite.

En tanto, en el artículo 124 establece que dentro del plazo establecido para el registro de candidatos, fórmulas o planillas, podrán sustituirlos libremente, debiendo observar en todo caso el principio de paridad de género, en los términos del Código electoral; y en este último caso, no procederá la sustitución cuando la renuncia se presente dentro de los quince días anteriores al de la celebración de la jornada electoral; es decir antes del 22 de mayo.

  • Teodoro Santos
  • Egresado de la Licenciatura en Comunicación por la FES Acatlán (UNAM). Con más de 17 años de experiencia en medios de comunicación y 10 en MILENIO. Vikingo perdido en otra época que disfruta de los videojuegos, música y cómics. Amplia experiencia en coberturas y conocedor de temas de política, sin dejar de lado los temas sociales.

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