Sobre la reforma hecha por el Congreso de la Unión al artículo 19 constitucional para ampliar la cartera de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, el profesor investigador del área del área académica de Derecho y Jurisprudencia en la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH), Roberto Wesley Zapata Durán, señaló que es una buena solución provisional o temporal, pero dista mucho de ser una solución definitiva.
Ante el incremento de actos violentos como linchamientos, y otros hechos de justicia de mano propia desde la sociedad –apuntó- se buscó esta reforma para generar la sensación de seguridad a todos los habitantes debido a que el sistema de justicia penal adversarial (nuevo sistema de justicia penal) no está dando los resultados que espera la gente.
"Considero que realmente pudo ser más razonada esta reforma, se pudo buscar alguna opción diferente, no se puede puntualizar porque es difícil de determinar la más adecuada (…) podría ser una forma de calmar esa circunstancia, pero no sería la solución. Es un paso de análisis para buscar esta justicia y más que desde la implementación del sistema de justicia adversarial la sociedad no siente que se le hace justicia por diversos motivos", sostuvo.
A pesar de esto reconoció que este tema es muy controversial y ha sido polarizando en estos días, pues por un lado se puede apreciar cuál fue realmente el espíritu de la reforma al artículo 19 constitucional, "podemos observar que es más de naturaleza social, pues lo que se busca es que en determinados delitos, que han estado impactando últimamente, no haya un sentimiento de que no se está haciendo justicia y que los presuntos culpables puedan salir bajo fianza o alguno de los recursos legales".
Por otro lado –señaló Wesley Zapata-, un punto importante que se debe considerar y que es el más grave, es que hay una violación a los derechos humanos de los inculpados, porque se rompe el principio de presunción de inocencia, "dado que al tenerlos presos desde un inicio no se les da ese favoritismo de la presunción de inocencia y tenemos una cárcel donde los apresados en verdad pudieran ser catalogados como culpables o no".
Igualmente destacó que la Corte Interamericana de los Derechos Humanos en las medidas dirigidas a la prisión preventiva en América señaló que se ocupa demasiado, además de ser catalogada por el organismo internacional como una violación grave a los derechos humanos dado que rompe el principio de presunción de inocencia y rompe la aplicación democrática del derecho.
"Todos los principales riesgos, sin mencionar el sistema de justicia penal, es un problema que es muy visible que quien en verdad es inocente está en la cárcel y no lo podemos quitar, si nos damos cuenta los tipos de delito que se amplían son de acción colectiva como: robo de hidrocarburo, la corrupción, robo a transporte de carga o los demás; es decir muchos son tipos penales que se dan por delincuencia organizada y a los que caerían en la cárcel no serían los líderes de esos delitos sino los que llevan la acción de esos delitos. Además de que al momento de esta figura de la prisión preventiva oficiosa es que se hace pública porque la persona que sea presentada como presunto culpable o inocente, hasta que tenga sentencia, el riesgo es que se hacen daños morales a su persona", concluyó.