Los directores responsables de obra no son necesarios, argumento legislativo en Tamaulipas

Al ser mayoría, expusieron que los directores no cumplieron su función y, por ese motivo, fueron retirados

Aspecto de demolición de construcción irregular en Puebla | Agencia Enfoque
Cristina Gómez
Tampico /

Los directores responsables de obra son innecesarios, consideró la legislatura anterior, al dar trámite a una propuesta del Ejecutivo Local para desaparecerlos.

Se citó que fue el 9 de enero de 2019 cuando se publicó en el Periódico Oficial del Estado, el Decreto LXIII-717 mediante el cual se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas, creándose la referida figura.

¿Qué es un responsable de obra?

Se definió como la persona física auxiliar de la administración, con autorización y registro otorgado por la Secretaría de Obras Públicas del Gobierno de Tamaulipas, con la atribución de ordenar y hacer valer en la obra, la observancia del reglamento de construcciones y demás disposiciones aplicables, incluyendo las ambientales.

Joaquín Hernández Correa, siendo integrante de la pasada legislatura, dijo que cada obra debía contar con un director responsable, y este se encargaría de la licencia en una construcción, verificación de calidad de la obra, visto bueno de operación y seguridad de un inmueble, entre otras atribuciones.

Sin embargo, afirmó que no se estaba cumpliendo con ello y no había un mecanismo que garantizara su total participación dentro del proceso constructivo. Por ello, aseguró que “los directores responsables de obra y corresponsables son innecesarios y representan un costo excesivo ante la obra pública”.

La construcción es una de las actividades esenciales consideradas por el gobierno federal. Ariana Pérez.

Lo anterior, agregó, debido a que ya se cuenta con la figura de residente de obra, designado por las dependencias, entidades y ayuntamientos, y es quien funge como su representante ante el contratista, siendo responsable directo de la supervisión, vigilancia y control de los trabajos a ejecutar.

Tareas que, dijo, “evidentemente se duplican con el director responsable de obra y corresponsables en el artículo 19 quinquies y el 19 octies respectivamente”, por lo que se propuso y aprobó la derogación de la figura en la obra pública.


SJHN

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