No analizarán denuncias por violencia política de género de funcionarias no electas: TEPJF

Se acordó que aquellas denuncias de funcionarias que no hayan sido electas en las urnas, deben ser atendidas por órganos internos, congresos locales e institutos de mujeres.

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Jannet López Ponce
Ciudad de México /

El Tribunal Electoral acordó que la autoridad electoral no analizará casos de violencia política de género de aquellos casos que no tengan que ver con funcionarias públicas electas, pues la facultad para el resto de los casos es de autoridades locales y órganos internos.

Una funcionaria pública de Veracruz de un cargo de dirección, denunció violencia política de género por parte de otro funcionario que ejercía maltratos, humillación, hostigamiento y acoso; pero al tratarse de servidores públicos de no elección popular, el Organismo Público Local Electoral se declaró incompetente para revisar el caso.

El Tribunal Electoral de Veracruz les ordenó admitir la denuncia, lo que fue revocado por la Sala Superior al determinar que el OPLE no tiene facultades por no existir una afectación a los derechos político-electorales de la denunciante.

Por mayoría de votos, los magistrados consideraron que quienes deben atender este tipo de denuncias son el Órgano Interno de Control del Ayuntamiento, el Congreso del estado y el Instituto Estatal de las Mujeres.

“Los asuntos en los que se denuncia, solamente serán competencia electoral cuando se involucren derechos políticos electorales. Estimar que basta con que la denunciada ocupe un cargo implicaría que la autoridad electoral tendría que analizar todos los casos que impliquen violencia política de género sólo por tener un cargo. Para eso existen autoridades penales y otras administrativas”, expuso el magistrado Felipe de la Mata Pizaña.

Mientras que las magistradas Janine Otálora y Mónica Soto, así como el magistrado Reyes rodríguez Mondragón se manifestaron en contra de esta resolución.

“No coincido porque en mi concepto, enfocar la competencia sólo en los derechos que pudieran resultar afectados y segregarlo la calidad de los cargos, implica ignorar que las y los funcionarios están obligados a ejercer su cargo conforme a ciertas normas y principios. Que pueden violentar a las mujeres funcionarias no votadas sin que exista un control y esto implicaría que autoridades administrativas, civiles y penales puedan reportar que un funcionario ha sido condenado por violencia política de género”, expuso Otálora pero por mayoría fue aprobado el proyecto.

En otro proyecto, ratificaron la multa interpuesta a Sergio Jesús Zaragoza Sicre de ocho mil 60 pesos por haber ejercido violencia política de género en contra de la senadora Lilly Téllez durante su campaña en 2018.

ledz

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