Revoca Sala Toluca amonestación contra Osmind Guerrero

De igual forma el órgano jurisdiccional federal rechazó la sentencia del TEEH donde se acreditó la existencia de violencia política en razón de género ejercida por el legislador local contra su compañera de Legislatura, Roxana Montealegre

Víctor Osmind Guerrero Trejo, diputado de Morena. (Jorge Sánchez)
Pachuca /

Revocar la amonestación pública y la acreditación de actos que constituyen violencia política en razón de género impuesta al diputado local de Morena por el distrito de Zimapán, Víctor Osmind Guerrero Trejo, ordenó la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al resolver el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos y Electorales del Ciudadano (JDC) bajo expediente ST-JDC-316/2020.

Pese a que el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) sancionó al legislador local en el Procedimiento Especial Sancionador (PES), TEEH-PES-093/2020, mediante el cual consideró existentes actos que constituyen violencia política en razón de género cometida por Guerrero Trejo en perjuicio de su compañera de bancada, Roxana Montealegre Salvador; el órgano jurisdiccional federal señaló que no tenía facultad para resolver dicha demanda y por ello anuló su determinación.

Lo anterior ya que las acciones que acusó Montealegre Salvador, así como las expresiones emitidas por Víctor Osmind Guerrero Trejo, se suscitaron en el ejercicio de sus actividades como legisladores, por lo que el órgano que debe conocer estas situaciones de posible violencia contra la diputada local debe ser el mismo Congreso Local y sus órganos internos, por lo cual se turnó el expediente con la queja de Montealegre Salvador para que sea la presidencia del Legislativo estatal quien analice y se pronuncie respecto a este tema.

Por otro lado, en el Juicio Electoral (JE) bajo expediente ST-JE-1/2021, interpuesto por el diputado federal del Partido del Trabajo (PT), José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, donde buscó revertir la sentencia del TEEH emitida en el expediente TEEH-PES-089/2020, donde se declaró la existencia de la conducta violatoria a los principios de imparcialidad y equidad de la contienda electoral en Hidalgo, se consideró que los agravios además de ser infundados son insuficientes.

Con ello se ratificó la determinación del órgano jurisdiccional local en el cual ordenó dar vista a la Contraloría de la cámara de diputados para que imponga las sanciones correspondientes al legislador debido a sus manifestaciones emitidas el pasado 18 de septiembre de 2020 donde favoreció el perfil de Tania Valdez Cuellar, otrora aspirante a la presidencia municipal de Tepeji del Río por el PT, además de denostar y pronunciarse en contra de las otras opciones políticas. 

  • Teodoro Santos

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