La candidatura de Héctor León, aspirante del PRD a la alcaldía de Tepeji del Río fue revocada por la sala regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al considerarse que no acreditó debidamente su domicilio en dicha demarcación, por lo que no podía ser electo para gobernarla.
Dicha resolución derivó de un procedimiento iniciado por el PRI, debido a que el candidato perredista, señaló en su queja el instituto político, no cumplía con el requisito de residencia, pues presentó una identificación del Instituto Nacional Electoral (INE), en donde se indicaba su domicilio en la ciudad de México.
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El aspirante en su registro ante el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) presentó una constancia de identidad emitida por un delegado y una constancia de residencia avalada por el secretario general municipal, así como un comprobante de domicilio de un tercero, sin que estas se sustentaran en la credencial del INE que presentó, misma que cuenta con domicilio en la ciudad de México.
El IEEH trabajó en colaboración con el INE; dependencia que refirió que el aspirante perredista tenía desde 2010 una credencial de la ciudad de México, la cual además presentaba varias actualizaciones, según el Registro Nacional de Electores.
Alejandro Avante Juárez, magistrado ponente, concluyó que no había parámetros con los que se pudiera acreditar debidamente el periodo mínimo de dos años de residencia en el municipio por parte del candidato.
Agregó que el aspirante perredista no se presentó al desahogo de pruebas como parte del juicio, por lo que al someterse a votación, por unanimidad los jueces de la sala regional Toluca del TEPJF determinaron que el candidato era inelegible por no cumplir con el requisito de la residencia mínima de dos años en el municipio, fallando así en favor del procedimiento interpuesto por el PRI al calificar como fundados los señalamientos.
Con lo que la candidatura del aspirante fue revocada por la autoridad electoral, y a 13 días de la elección el PRD puede recurrir a la superior o deberá sustituir al titular de dicha nominación, por la falta de acreditación de la residencia.
Hasta el momento no se ha informado cuáles serán las acciones por parte del instituto político en torno a la revocación de la nominación de su candidato a la alcaldía de Tepeji del Río, una vez que se pronunció la sala regional sobre el procedimiento que inició en su contra el PRI.