Sala Regional detecta irregularidades a candidato a alcaldía de Linares

Consideran que sí hubo infracción.

La Sala Regional revocó el acuerdo del TEE en el que declaran inexistente la infracción al candidato panista a la alcaldía de Linares, Fernando Adame Doria, por uso de propaganda gubernamental.

La Sala Regional Monterrey del TEPJF revocó el acuerdo del Tribunal Estatal Electoral. (Foto: Especial)
Orlando Maldonado Rodríguez
Monterrey /

La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo del Tribunal Estatal Electoral (TEE) en el cual había declarado inexistente la infracción al candidato del PAN a la alcaldía de Linares, Fernando Adame Doria, por haber usado propaganda gubernamental.

En tal sentido, los magistrados de la Sala Regional Monterrey consideraron que sí hubo una infracción por parte del candidato panista quien busca la reelección luego de que se le detectara la publicación de dos videos en su cuenta personal de Facebook en los cuales da a conocer acciones en temas de seguridad y recreación en su etapa de presidente municipal.

Al respecto, los magistrados explicaron que dicha información no fue publicada a través de las redes sociales del Ayuntamiento.

“En un juicio electoral, el Pleno revocó la resolución del Tribunal Electoral de Estado de Nuevo León, en el que declaró inexistente el uso de propaganda gubernamental atribuido a Fernando Adame Doria, candidato a Presidente Municipal de Linares, por el Partido Acción Nacional (PAN). Ello en virtud de que se determinó que el Tribunal local omitió el estudio de las transmisiones que el actor refirió en su queja, mismas que fueron difundidas en la cuenta personal de Facebook del citado presidente municipal.

“La Magistrada y los Magistrados concluyeron que del material denominado: “A tus órdenes ciudadano” y “Jueves de plaza”, se actualizaba la existencia de uso de propaganda gubernamental por el ejercicio de recursos públicos en la cuenta personal de Facebook de Fernando Adame Doria. Lo anterior, ya que a través de dichas trasmisiones se exaltan las actuaciones que el funcionario municipal denunciado, en su calidad de presidente municipal, ha venido realizando en los rubros de seguridad pública, así como de recreación, sin que sean difundidos en medios oficiales del Ayuntamiento, sino en su cuenta personal de la mencionada red social”, refirieron.

En esta misma sesión, el Pleno confirmó la resolución del Tribunal Electoral de Estado de Nuevo León, en el que declaró inexistente la violación atribuida a Adrián de la Garza, candidato del PRI a la alcaldía de Monterrey. Procedimiento en donde se analizó la difusión de un video en su red de Facebook titulado “esto es solo el principio por la seguridad total #manofirme”, en el que se alegaba que había sido grabado con recursos del citado municipio.

En este caso, los magistrados destacaron que el Tribunal local correctamente había determinado que no se advertía que tal video se hubiera financiado con recursos públicos, durante la administración de Adrián de la Garza, lo anterior, al hacerse hincapié que, si bien en su elaboración se utilizaron fragmentos de videos elaborados por el referido municipio, también lo es que dicho material se encontraba a disposición del público en general, por lo que el uso que se haga de aquel no implica el empleo de recursos públicos a su favor.

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