Sala Superior confirma sanción contra Morena

El máximo órgano jurisdiccional federal ratificó la determinación del TEEH al imponer una multa al partido guinda por desacato a la sentencia emitida el pasado 24 de enero

Sala Superior del Tribunal del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratifica sanción contra Morena
Pachuca; Hidalgo /

La multa impuesta al partido Morena de 50 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), por monto de cuatro mil 811 pesos, confirmó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al resolver el Juicio Electoral (JE) bajo expediente SUP-JE-17/2022 presentado por el partido guinda para revocar esta decisión del órgano jurisdiccional de Hidalgo.

A través de esta impugnación el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de Morena, buscó revertir la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) en el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos y Electorales del Ciudadano (JDC) bajo expediente TEEH-JDC-008/2022, en el cual impuso al partido guinda una multa, por incumplir lo ordenado por este tribunal mediante diverso acuerdo del 24 de enero.

Cabe mencionar que además de la sanción a la fuerza política, dentro de la resolución el TEEH reencauzó a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de dicho partido, el medio de impugnación promovido por Martín Camargo Hernández a fin de controvertir, entre otras cuestiones, la entrega de la constancia a Julio Ramón Menchaca Salazar como precandidato único a la gubernatura de Hidalgo.

La ponencia a cargo del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, consideró infundados e inoperantes los agravios esgrimidos por Morena para revocar esta decisión al considerar que carece de fundamentación y motivación, así como no especificar la medida de apremio a imponer en caso de desacato, además, refiere que en lugar de una multa se debió imponer una amonestación pública, esto debido a que la norma aplicable no estaba compelida normativamente a señalar la medida de apremio a imponer al momento de realizar el apercibimiento, lo cual estimó el TEEH actuó conforme a derecho, así también en cuanto al agravio que no justifica una sanción económica en lugar de amonestación pública, es inoperante debido a que no combate las razones de la responsable para emitir esta sanción, por ello confirmó el acto reclamado.


Finalmente, el magistrado presidente de la Sala Superior del TEPJF, Reyes Rodríguez Mondragón, desechó la demanda bajo expediente SUP-JDC-48/2022, promovido por Rufino H. León Tovar en contra del acuerdo admisorio dictado por el magistrado Instructor en el juicio TEEH-JDC-14/2022 del índice del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo, promovido por el hoy actor a fin de controvertir la resolución emitida por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena en el expediente CNHJ-HGO-2363/2021, relacionada con el proceso interno de selección del candidato a la renovación de la gubernatura de la entidad.

  • Teodoro Santos

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