La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador sí vulneró la equidad en las elecciones de San Luis Potosí y de Nuevo León por sus críticas en cuatro conferencias de prensa, por lo que emitieron un nuevo exhorto para que ajuste su modelo de comunicación y se apegue al uso de recursos públicos sin fines electorales.
“Las manifestaciones sostuvieron en primer lugar un pronunciamiento a favor de Morena ante la probable cancelación del registro de su candidatura a San Luis Potosí y en segundo lugar, un rechazo por la presunta compra de voto por el entonces candidato a la gubernatura de Nuevo León, Adrián de la Garza Santos.“Sin embargo, éstas no pueden ampararse como un ejercicio de libertad de expresión al haberse realizado ante varios de comunicación en un espacio que en principio, está destinado para difundir propaganda gubernamental y con recursos que le son asignados para los propios fines de su cargo. Debido a la relevancia de su cargo y por la autoridad que representan se estima viable presumir que las expresiones del Presidente sí impactaron de manera relevante en la población receptora de los mensajes”, determinaron los magistrados.
El PRD y Movimiento Ciudadano denunciaron ante el Instituto Nacional Electoral (INE) al presidente Andrés Manuel López Obrador por las mañaneras del 5, 6, 7 de mayo en las que emitió comentarios relacionados con las campañas, lo que la Comisión de Quejas y Denuncias respaldó y ordenó el 2 de junio que fueran retiradas.
Días después, se sumó otra denuncia por la mañanera del 11 de mayo en la que a pregunta expresa, López Obrador reconoció que estaba metiendo las manos en el proceso electoral.
En estas conferencias, primero, el Presidente hizo referencia a la publicación en la que MILENIO reveló el 27 de abril, que el INE buscaba retirar el registro de Mónica Rangel, candidata de Morena a la gubernatura de San Luis Potosí, por anomalías en fiscalización. Después, acusó de presuntos delitos electorales al candidato del PRI en Nuevo León, Adrián de la Garza.
El asunto fue remitido a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para que analizara posibles sanciones.
El proyecto del magistrado Luis Espíndola determinó “declarar su responsabilidad (del Presidente) por la vulneración al principio de equidad en la contienda electoral de San Luis Potosí y Nuevo León, así como el uso indebido de recursos públicos.
Sin embargo, al no poder emitir sanciones concretas en su contra por encontrarse sujeto a un régimen especial sancionador estipulado en la Constitución, se determinó que “sí tiene un deber especial de cuidado en el ejercicio de sus funciones, por lo que se propone hacer un exhorto al Presidente de la República para que use adecuadamente los recursos públicos a los que tiene alcance”.
También ordenaron que se difunda en redas sociales un extracto de la sentencia y se elimine la conferencia del 11 de mayo, la cual aún permanece en las plataformas del Gobierno de México, redes sociales, medios digitales y sitios de internet oficiales.
Como en sentencias anteriores, se vinculó al Presidente de la República para que en ejercicio de sus facultades, competencias y funciones considere acciones para el principio de imparcialidad, ejercicio de recursos públicos y equidad en la función pública; y para que la difusión de sus propaganda se apegue a principios constitucionales; que actualice normatividad en el uso de recursos públicos sin fines electorales.
El magistrado presidente Lara Patrón dijo que “es un asunto más, en donde hemos detectado y considerado que hay una inobservancia de la ley y desde esta perspectiva acompañaré el proyecto, pero a diferencia de lo que se sostiene en el proyecto debería analizarse y determinarse la responsabilidad del director de comunicación social y de Cepropie”.
Aunque la magistrada Gabriela Villafuerte como en otras ocasiones pedía vincular la sentencia a la Cámara de Diputados para que se busquen más sanciones al Presidente, su respuesta nuevamente no fue respaldada.
La propuesta del magistrado Espíndola buscó librar de responsabilidades al director del Cepropie y al titular de la coordinación general de comunicación social y vocería del Gobierno de la República, Jesús Ramírez, “pues estos últimos cumplían las indicaciones inherentes a sus funciones” y “no sabían cuáles serían las expresiones del Presidente de la República, no se les puede vincular responsabilidad de algo que no sabían”.
Sin embargo, el magistrado presidente de esta sala, Rubén Lara Patrón, y la magistrada Gabriela Villafuerte señalaron que también tenían responsabilidad, principalmente el vocero por su deber de cuidado en términos de comunicación, por lo que se vinculó al Presidente a sancionarlos.
El proyecto consideró que Mario Delgado, también denunciado en estas quejas, no tenía responsabilidad por haber replicado las acusaciones de López Obrador en contra de Adrián de la Garza.
“No es procedente ponerle una cara de veracidad a quien suscribe el dicho de la persona emisora, toda vez que solo está emitiendo su punto de vista en Twitter en el contexto de debate político pero que no configura omisión alguna”, en lo que solo la Villafuerte no estuvo de acuerdo.
JLMR