Sanciones para conductores ebrios deben estar encaminadas hacia rehabilitación: PAN

El diputado señaló que de aprobarse la iniciativa, uno de los principales retos para los municipios será que las sanciones se manejan a través de sus juzgados cívicos.

Conducir en estado de ebriedad / Dani Béjar
Stefany Martínez Yedra
Guanajuato /

Las sanciones por conducir en estado de ebriedad en el estado de Guanajuato deben estar encaminadas hacía la rehabilitación de las personas que consumen alcohol, pues se trata también de un tema de salud; así lo consideró Rolando Fortino Alcántar, diputado local del PAN.

El diputado señaló que de aprobarse la iniciativa, uno de los principales retos para los municipios será que las sanciones se manejan a través de sus juzgados cívicos con un enfoque desde materia de salud, pues dijo que no se puede tratar como delincuente a quien consume alcohol.

“Creo que no podemos tratar a quien solo consume alcohol como delincuente, porque aparte no lo es”, comentó.

Comentó que de darse esta reforma al código penal propuesta por el ayuntamiento de León para sancionar con 6 meses y hasta 1 año de prisión a conductores ebrios, se estarían generando en la Fiscalía General del Estado y al Poder Judicial hasta 12 mil juicios al año.

Reconoció también que aún no ha habido un acercamiento con autoridades de salud, pues la iniciativa primero tiene que ser aprobada; sin embargo, saben que se tiene que buscar un esquema de rehabilitación.

“Yo creo que sí pero creo que nos vamos a quedar con una deuda muy importante que no tendría que ver con el Código Penal, que es el tema de trabajar el asunto de rehabilitación a las personas que consumen alcohol”, comentó.

Cabe recordar que el documento estipula que se adiciona un artículo 168-a al Código Penal del Estado de Guanajuato, señalando que:

“A quien conduzca un vehículo de motor con un nivel de alcohol en la sangre superior a 0.8 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0.4 miligramos por litro, así como bajo el influjo de narcóticos, estupefacientes, psicotrópicos o cualquier otra sustancia que produzca efectos similares, se le impondrán de seis meses a un año de prisión, además de treinta a cien días multa y la suspensión hasta por un año del permiso o licencia para conducir vehículos de motor dentro del Estado”.


ALOL

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