La Sección Instructora de la Cámara de Diputados concluyó que “ha lugar a proceder penalmente” contra el legislador Benjamín Saúl Huerta como probable responsable de abuso sexual agravado y violación equiparada agravada contra menores, tras analizar peritajes, documentos y testimonios de las víctimas, sin que el acusado presentara una sola prueba para desvirtuar las imputaciones.
“El encausado no aportó algún medio probatorio en absoluto para tratar de desvirtuar las que obran efectivamente en proceso y en su contra; por ende, la balanza se inclina inevitablemente en favor de las aquí vertidas y valoradas, cobrando con ello mayor fuerza en su alcance demostrativo, amén del valor intrínseco de cada de una de ellas”, puntualiza el dictamen que el pleno de la Cámara de Diputados erigido en Jurado de Procedencia votará mañana miércoles.
En su defensa ante la Sección Instructora, el legislador ex morenista acusó, sin embargo, a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJ-CdMx) de “filtrar” el contenido de las carpetas de investigación a medios informativos y denunció una supuesta violación al principio de presunción de inocencia en la cobertura noticiosa de su caso.
No obstante, subraya el dictamen, “es de explorado derecho que los servidores públicos tienen una condición distinta que consiste en una sobreexposición pública, condición que es aceptada con el cargo que protestó constitucionalmente guardar y hacer guardar (…); la violación a dicha protesta conlleva las consecuencias negativas que hoy enfrenta y que son consecuencia lógica y natural de dicha inobservancia”.
En contraste, la FGJ-CdMx, presentó a la Sección Instructora cuatro pruebas testimoniales, ocho periciales y quince documentales con respecto a la carpeta de investigación CI-FIDS/FDS-6/UI-FDS-6-01/01090/04-2021 sobre la presunta violación por parte de Huerta contra un menor de quince años de edad en un hotel de la Ciudad de México.
Destacan entre dichas pruebas los testimonios de “la víctima adolescente de identidad reservada y de iniciales C.J.R.L., así como de su madre y su padre, además de peritajes, informes policiales e incluso la hoja de ingreso al hotel “exe cities reforma” (sic) con fecha de llegada del 20 de abril de 2021 y salida del 21 de abril de 2021.
Por lo que hace a la carpeta de investigación CI-FIDS/FDS-6/UI-FDS-6-01/01118/04-20 se entregaron dos pruebas testimoniales, una de ellas a cargo del denunciante de identidad reservada e iniciales M.A.S.S, de fecha 23 de abril de 2021, “testimonio que es idóneo y pertinente para demostrar las circunstancias de ejecución de los hechos, considerados por la ley penal como delito de abuso sexual agravado”.
Para ese caso se presentaron asimismo una prueba pericial y tres informes policiales.
“Los medios de prueba antecitados y ofrecidos por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México y del análisis claro y metódico de la conducta desarrollada en los hechos imputados crean al interior de esta Sección Instructora la plena convicción de que existen elementos suficientes para considerar oportuna la declaración de procedencia que ha solicitado la fiscalía local en su escrito inicial de fecha 27 de abril del año en curso”, subraya el dictamen.
JLMR