Ministro de SCJN admite impugnación de diputados contra Ley Minera

Las modificaciones de leyes destacan la reducción de 50 a 30 años la duración de las concesiones mineras.

Buscan modificar Ley Minera. (Cuartoscuro)
José Antonio Belmont
Ciudad de México /

El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Alberto Pérez Dayán, admitió a trámite la impugnación promovida por un grupo de diputados de oposición en contra de la llamada Ley Minera.

Tras la Ley antifentanilo, ésta es la segunda demanda admitida por un ministro de la SCJN en contra de alguna de la veintena de reformas que la mayoría de Morena y sus partidos aliados en el Senado concretaron la noche del 28 y madrugada del 29 de abril en la sesión conocida como "viernes negro".

Registros públicos del máximo tribunal del país de este viernes dieron a conocer la determinación del ministro Pérez Dayán en cuanto a esta demanda presentada en contra de la reformas a la Ley de Aguas Nacionales; a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de concesiones para minería y agua.

Este paquete de reformas regulan el otorgamiento, mantenimiento, supervisión y terminación de las concesiones mineras y de agua para uso industrial en la minería, además de recuperar la rectoría del Estado sobre los recursos minerales e hídricos de la nación.

Las modificaciones de leyes destacan la reducción de 50 a 30 años la duración de las concesiones mineras; además de que se regula la transmisión de títulos de concesión, adiciona causales de cancelación de concesiones mineras, e incorpora un capítulo de delitos con el objetivo de sancionar conductas delictivas en materia de minería.   

También se establece la figura de concesión de agua para su uso específico en minería, con el propósito de evitar la sobreexplotación y contaminación de los recursos hídricos; se amplían las causales de revocación de la concesión de agua por hechos o actos de interés público, y cuando no se cumpla con el programa de restauración cierre y post cierre previsto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Además, no se podrán otorgar concesiones mineras en áreas naturales protegidas, y se buscará detener la degradación del medio ambiente a causa de las actividades mineras en terrenos que se encuentren protegidos por la legislación ambiental, entre otros.



HCM


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