Ante indicios sobre la existencia de mujeres con discapacidad internadas de forma involuntaria e ilegal en un hospital psiquiátrico, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que no debió desecharse una demanda de amparo que podría permitirles alcanzar su libertad.
Por unanimidad, la Sala avaló un proyecto de sentencia de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, el cual señala que en los asuntos donde se encuentren involucradas mujeres con discapacidad, los juzgadores deben adoptar un papel más activo y aplicar los ajustes al procedimiento que sean necesarios para asegurar que puedan acceder a la justicia.
En su proyecto, la ministra señaló que fue incorrecto que se haya desechado la demanda de amparo promovida en favor de diversas mujeres internadas sin su consentimiento en una institución psiquiátrica.
Mencionó que, aunque no se hayan especificado los nombres de las personas afectadas en la demanda de garantías, el juez de Distrito estaba obligado a requerir de oficio mayor información, así como a entrevistarse individualmente con las pacientes del hospital, a efecto de hacerse de mayores elementos.
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Los ministros de la Sala tomaron en cuenta la posición especialmente vulnerable en que se encuentran las mujeres con discapacidad, así como la posible incomunicación que sufren las personas internadas involuntariamente en instituciones psiquiátricas, para destacar la necesidad de abordar el asunto con una perspectiva más flexible que les permita acceder a la justicia en igualdad de condiciones.
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