Corte ratifica prohibición de matrimonio para menores; es inconstitucional, avala

La Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó el amparo interpuesto por una menor de 16 años, la cual solicitó autorización para contraer matrimonio con un hombre de 21 años.

La Cámara de Diputados aprobó la prohibición de matrimonio infantil en el país. (Especial)
José Antonio Belmont
Ciudad de México /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la constitucionalidad de la prohibición total para que los menores de edad contraigan matrimonio.

Por unanimidad, la Primera Sala del máximo tribunal del país respaldó el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena para rechazar el amparo promovido por una menor de 16 años, quien pidió autorización judicial para contraer matrimonio con un hombre de 21 años.

Este juicio llegó al máximo tribunal del país luego de que un juez negó la dispensa judicial porque el Código Familiar de Morelos lo prohíbe, por lo que tramitó un amparo en el que se ordenó al juez revocar su determinación y cerciorarse de que no estaba en presencia de un matrimonio forzoso o que se vulnerara el interés superior de la menor.

“Es infundado debido a que el legislador local, en ejercicio de su libertad de configuración normativa, eliminó la posibilidad de otorgar dispensa al requisito de edad para casarse; medida que, como se sostuvo a lo largo del presente estudio, no contraviene el derecho al libre desarrollo de la personalidad, sino que contribuye a garantizarlo con mayor seguridad, ni tampoco contraviene el derecho a no ser discriminada, pues si bien efectivamente hace una distinción en función de edad, ello es para beneficiar a un grupo que cuenta con una protección estatal reforzada”, concluyeron los ministros.


​kvd

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