SCJN elimina regulación estatal en movilización de ganado

Jorge Zertuche, presidente de la Asociación Mexicana de Criadores habla de fallo de la Corte

Confirman ausencia de animales infectados en Nuevo León. | Especial
Tampico /

Tras un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se elimina la facultad de los estados para regular la movilización de ganado en el país, un proceso que se había complicado por los requisitos adicionales que cada entidad fue imponiendo. La determinación libera de este trámite al sector pecuario, afirmó el presidente de la Asociación Mexicana de Criadores de Ganado Brangus, Jorge Zertuche Rodríguez.

El máximo órgano judicial del país estableció que estos controles corresponden al ámbito federal, especialmente en materia sanitaria. El representante de origen tamaulipeco sostuvo que la medida es benéfica, en medio del impacto a su actividad por el tema del gusano barrenador que ha frenado la exportación.

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“Es favorable, pues la movilización de ganado entre estados se ha complicado por requisitos adicionales que cada entidad fue introduciendo, aunque la responsabilidad de la salud animal corresponde a la Federación, casi todos los estados emitieron requisitos adicionales con el propósito de cumplir las recomendaciones de APHIS/USDA para mejorar el estatus sanitario y poder exportar a Estados Unidos”, dijo.

Estados solo tienen facultades sobre propiedad de ganado

Zertuche Rodríguez explicó que mientras “los estados solo tienen atribuciones en materia de propiedad del ganado conforme al Código Civil y aquellas que lleguen a establecer con la Federación mediante acuerdos de coordinación, como inspección en casetas estatales básicamente, la salud animal es competencia de la administración central”.

Corte invalida permisos estatales de traslado de ganado

En días pasados, la Suprema Corte de Justicia declaró inválidos los permisos estatales para la movilización de ganado, al considerar que ello constituye una invasión a las facultades federales en lo que respecta a la sanidad y al control zoosanitario.

Con ello, se modifica la normatividad relacionada con el traslado de ganado en el territorio mexicano. “La guía de tránsito puede existir como instrumento para acreditar la propiedad”, expuso. La Corte recordó que algunas disposiciones a nivel estatal estaban concebidas para regular el movimiento de ganado a través de autorizaciones locales.

Fallo constitucional marca precedente nacional

En la práctica, imponían un sistema estatal de autorización previa para movilizar ganado, resolvió el tribunal, lo que contraviene las competencias previstas en la Constitución mexicana.

El fallo derivado de la controversia constitucional 216/2025 hizo una diferenciación entre los documentos que acreditan la propiedad del ganado y aquellos que actúan como permisos requeridos para su traslado. Surge de un análisis a diversos artículos de la Ley Ganadera de Nayarit, que, se consideró, invadían facultades exclusivas de la Federación, especialmente en materia de salubridad y control sanitario. Se aclaró que las entidades federativas sí pueden contar con mecanismos administrativos para acreditar propiedad o posesión de ganado, pero no para establecer sistemas estatales previos para su movilización, dejando un antecedente para su aplicación nacional.

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SJHN

  • Cristina Gómez
  • Con más de tres décadas en el periodismo, escribir es mi pasión. Buscadora de verdades ocultas, de convertir cifras en relatos y de tejer reportajes que dejen huella en la memoria colectiva, porque todo dato encierra un rostro, una vida, una historia. Orgullosamente panuquense y tampiqueña por adopción.

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