Estados, facultados para hacer obligatorio uso de cubrebocas en emergencias: Corte

Ocho de los 11 ministros avalaron el proyecto respecto a que los estados sí cuentan con facultades para legislar en materia de salubridad general.

Los gobiernos locales pueden determinar medidas para proteger a su población. | Naomi Antonio
José Antonio Belmont
Ciudad de México /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los gobiernos estatales están facultados para imponer el uso obligatorio del cubrebocas durante emergencias sanitarias como la actual provocada por el covid-19.

Esta resolución del máximo tribunal del país derivó de la impugnación que hizo la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en contra del Decreto 443 que reformó la Ley Estatal de Salud de Nuevo León, mediante la cual se impusieron multas de hasta 20 veces el valor diario de la unidad de medida o arresto administrativo de hasta 36 horas o trabajo comunitario, a quien no utilizara el cubrebocas en lugares públicos como centros comerciales, entre otros.

Esta reforma se llevó a cabo durante la administración del entonces gobernador Jaime Rodríguez Calderón, y fue aprobada por mayoría del Congreso de la entidad.

A través de una acción de inconstitucionalidad, la CNDH argumentó que legislar en materia de salubridad general no es una facultad que corresponda a los diputados en los estados, sino que es exclusiva del Congreso de la Unión.

Sin embargo, durante la sesión pública de hoy, ocho de los 11 ministros que integran el Pleno de la SCJN avalaron el proyecto elaborado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá respecto a que los estados sí cuentan con facultades para legislar en materia de salubridad general.

“La autoridad local también puede declarar emergencias sanitarias, no de las que establece la ley reservadas para la autoridad federal pero sí en materia de salubridad local, y por supuesto considero que no es incorrecto que el uso del cubrebocas como potestad, porque la norma usa el vocablo ‘podrá’, sea inconstitucional”, expuso el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.

Por su parte, el ministro presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar, argumentó que a la luz del federalismo es lógico que las entidades tengan facultades para proteger a su población, con la única limitante de que no se contradigan las disposiciones federales.

“Mientras no contradigan los mandatos de las autoridades correspondientes, que ya han sido aludidas aquí en extenso, me parece que pueden realizar esta atribución, tanto a nivel legislativo como a nivel Ejecutivo, máxime cuando de lo que se trata es de cuidar de mejor manera la salud”, explicó.

El pleno de la Corte se pronunciará en la sesión pública del próximo jueves respecto a las sanciones para quienes incumplan con el uso obligatorio de cubrebocas previstas en dicha reforma de ley en Nuevo León, y que van desde multas, trabajo comunitario y hasta arrestos administrativos

​LP

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