Invalida SCJN reformas a Ley Electoral de Tamaulipas

La revisión del pleno se hizo tras una acción de inconstitucionalidad promovida por el Partido del Trabajo y Morena.

En primer año del ministro Arturo Zaldívar como presidente de la SCJN, el máximo tribunal resolvió 21 mil 443 asuntos. (Cuartoscuro)
Edith Álvarez
Tamaulipas /

En su sesión este jueves, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó algunos artículos de la Ley Electoral de Tamaulipas como los relativos a las coaliciones, el retiro de propaganda electoral después de la elección y aspectos considerados violatorios de la libertad de expresión.

Se informó que los magistrados invalidaron las porciones normativas de distintos preceptos de la Ley Electoral de Tamaulipas que se refieren a las coaliciones.

Y es que consideraron que “al regular indirectamente aspectos sustantivos de esta figura, invaden la competencia del Congreso de la Unión para legislar al respecto e, incluso, contravienen lo dispuesto por éste en la legislación general sobre la materia”.

El Pleno también invalidó las porciones normativas de un artículo de la Ley Electoral que ordenaba el retiro de la propaganda electoral dentro de los siete días siguientes a la terminación del proceso electoral respectivo, pues, al efecto, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales dispone que se lleve a cabo tres días antes de la jornada electoral.

También invalidó las disposiciones de la Ley Electoral Estatal que prohibían a los aspirantes a candidatos independientes, candidatos independientes y precandidatos denigrar a otros aspirantes, precandidatos, candidatos, partidos, personas e instituciones públicas o privadas, así como difundir propaganda política o electoral que denigre a las instituciones o los partidos, al considerarlas violatorias de la libertad de expresión.

De igual forma, el Pleno invalidó las porciones normativas de distintos preceptos de la Ley Electoral que se refieren a la capacitación electoral, por estimar que, al regular directamente este tema, sin sujetarlo a una labor de auxilio o a la delegación de la función por parte del Instituto Nacional Electoral, invaden la competencia del Congreso de la Unión para legislar al respecto.

El pleno hizo esta revisión, tras una acción de inconstitucionalidad 140/2020 y su acumulada 145/2020, promovidas por el Partido del Trabajo y Morena, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Ley Electoral de Tamaulipas, reformada mediante Decreto LXIV-106, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 13 de junio de 2020.


LAS MÁS VISTAS