La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el Decreto que emitió el ex presidente Andrés Manuel López Obrador en 2020, a través del cual se extinguieron 109 fideicomisos y fondos públicos para hacer uso de los recursos para enfrentar la pandemia por covid.
Pese a que la mayoría avaló la extinción, algunos ministros dejaron claro que esto no exime al Estado de cumplir con sus obligaciones.
“… al extinguirse los fideicomisos no se extingue la facultad o el deber del Estado de garantizar ciertos derechos… queda intocado todas las obligaciones del Estado respecto de todas las materias en las que se constituyeran fideicomisos”, dijo el presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz.
El togado enfatizó:
“Aunque no haya fideicomisos, sí hay, digamos, una especie de etiqueta de los recursos para fortalecer el tema de víctimas, medio ambiente, entre otros temas, yo creo que eso es lo que puede generarse, generar la garantía, creo que abundar un poquito acerca de la garantía presupuestaria que dé certeza en algunos temas muy concretos.
“Ya lo habíamos debatido en algún otro momento el tema del del los recursos para víctimas o para medio ambiente, que por lo menos esta Corte no sea ajeno a que se requiere de estas garantías presupuestarias para hacer frente de mejor manera a favor de algunos derechos humanos, solamente ese sería mi comentario”, expresó.
El fallo de la Corte derivó de una acción de inconstitucionalidad promovida por senadores hace cinco años, fallo que pondrá fin a los litigios que siguen vivos.
Arístides Guerrero García, ministro ponente, recordó que la extinción de los 109 fideicomisos se debió para hacer uso de los recursos para enfrentar la pandemia.
No obstante, puntualizó que el Estado está obligado a atender las diversas finalidades a través de sus dependencias.
“El proyecto considera que los fondos y fideicomisos modificados o eliminados eran mecanismos auxiliares del poder ejecutivo para distribuir el gasto público y no garantías esenciales de derechos, su desaparición o modificación no elimina las obligaciones estatales, modifica la vía para cumplirla, sustituyéndolas por mecanismos presupuestarios directos u otros mecanismos. Asimismo, el análisis descarta afectaciones a derechos fundamentales, pues diversas leyes reformadas prevén que las dependencias correspondientes deben seguir financiando las mismas finalidades con cargo a sus respectivos presupuestos”.
Por su parte, el ministro Giovanni Figueroa Mejía también se refirió a la obligación del Estado.
“Presidente, consideró que el problema de constitucionalidad, no es la eliminación de un fondo o un fideicomiso por sí mismo. Incluso concuerdo con la propuesta en que el mecanismo de gasto tradicional puede ser igualmente idóneo para satisfacer un derecho. Sin embargo, lo que sí resulta inconstitucional es eliminar una garantía presupuestaria sin justificar la regresividad de la medida”, añadió.
La ministra Lenia Batres Guadarrama aseguró que el Gobierno federal llegó a contar con más de 300 fideicomisos y fondos, los cuales concentraron aproximadamente 835 mil millones de pesos, una parte de ellos operados a través de instituciones financieras privadas y sujetos al secreto fiduciario, lo que impedía su fiscalización.
Asimismo, agregó que se documentaron casos específicos de asignación de recursos que generaron cuestionamientos sobre su pertinencia y control.
Citó el caso del fideicomiso para juegos deportivos Centroamericanos y del Caribe, en Veracruz a cargo del gobierno del estado en 2014, en el que se dispuso de manera arbitraria de los recursos y que a la fecha se desconoce el destino de 800 millones de pesos.
“Por ejemplo, entre 2013 y 2018, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología transfirió 41 mil 624 millones de pesos a empresas privadas mediante fondos de innovación tecnológica, en el ámbito de los llamados fondos mixtos de investigación. Se reportaron irregularidades por más de 783 millones de pesos relacionadas con proyectos inconclusos o con sobrecostos, mediante el programa de bebederos escolares administrados a través de un fideicomiso constituido por la SEP…”, detalló.
Las ministras Yasmín Esquivel Mossa y María Estela Ríos González fueron las únicas que se pronunciaron por desestimar la acción de inconstitucionalidad.
CHZ