Senado avala castigar hasta con 7 años de prisión a quien tome casetas y cobre peaje

Lucía Meza dijo que el dictamen tiene por objeto sancionar a quienes dañen, perjudiquen, o destruyan las vías generales de comunicación.

Xóchitl Gálvez dejó en claro que no se pretende criminalizar a quienes tomen las casetas. | Cuartoscuro
Silvia Arellano
Ciudad de México /

Con 75 votos a favor, 12 en contra y tres abstenciones, el Pleno del Senado aprobó reformas a la Ley de Vías Generales de Comunicación para castigar hasta con siete años de prisión a quienes tomen casetas y cobren el peaje.

A un día de finalizar el periodo ordinario, los senadores aprobaron uno tras otro los dictámenes pendientes y en este tema se precisó que la toma de casetas ahora será un delito agravado, así como el llamado boteo en ellas.


A nombre de la Comisión de Comunicaciones y Transportes, la senadora Lucía Meza dijo que el dictamen tiene por objeto sancionar a quienes dañen, perjudiquen, o destruyan las vías generales de comunicación o quienes interrumpan el tránsito de los medios de transporte, servicios de peaje y obtengan un lucro económico.

“Tenemos que frenar esta prácticas ilegales que se han presentado en distintas casetas del peaje del país en donde grupos sociales toman las vías de comunicación y las casetas de peaje para protestar, pero terminan cobrado por el cruce de vehículos logrando daños al erario público federal”, destacó.

La senadora del PAN, Xóchitl Gálvez, dejó en claro que no se pretende criminalizar a quienes tomen las casetas, “el derecho a protestar es algo que esta en la Constitución y lo que sí se ha vuelto un problema es que cerca de 4 mil millones de pesos por la toma de casetas hacen pensar que alguien esta lucrando con este mecanismo de protesta”.

Los cambios al primer párrafo del artículo 533 de la legislación establecen que quienes dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicación o los medios de transporte o interrumpan la construcción de dichas vías o para obtener un lucro interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje o total o parcialmente interrumpan o deterioren los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación o los medios de transporte, se impondrá sanción de tres meses a siete años de prisión y multa 44 mil 810 pesos.


El decreto fue enviado al titular del Ejecutivo Federal para su promulgación en el Diario Oficial de la Federación.

JLMR

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