Senado retomará este viernes discusión para legalizar la mariguana con fines lúdicos

Ricardo Monreal destacó que dentro de los aspectos relevantes del proyecto se encuentra que sólo será sancionado penalmente la posesión del cannabis psicoactivo cuando sea superior a los 200 gramos.

Plantas de marihuana sembrabadas por el Movimiento Cannabico Mexicano afuera del Senado en febrero. (Jorge Carballo | Archivo)
Silvia Arellano
Ciudad de México /

Este viernes las comisiones del Senado retomarán la discusión para aprobar la regulación de cannabis con fines lúdicos, pues se prevé que la próxima semana podría analizarse en el pleno para su posible aprobación donde, de acuerdo con el coordinador de Morena, Ricardo Monreal, se prevé una discusión fuerte.

La pandemia de covid-19 provocó que dicho tema, que tiene el consenso de la mayoría de los legisladores, con excepción de algunos panistas, se pudiera discutir en el Pleno, y el 4 de marzo se aprobó en lo general en las comisiones unidas de Justicia, Salud y Estudios Legislativos, Segunda.

Sin embargo, la convocatoria para este viernes la hizo la Comisión de Justicia que encabeza el morenista Julio Menchaca, donde se prevé retomar la discusión de manera virtual.

Este jueves, la bancada del PRI, encabezada por Miguel Angel Osorio Chong tuvo una reunión virtual con expertos, con el fin de poder fijar una postura sobre este tema. El senador Jorge Carlos Ramírez señaló que “la regulación sobre cannabis puede ser definitiva para el futuro del país, y particularmente, para el de los jóvenes. La abordaremos con un criterio de apertura, pero con el objetivo firme de que las cosas se hagan bien”.

Mientras que, la bancada del PAN dejará que sus senadores voten de manera personal. Hasta ahora, sólo es respaldada la propuesta por Xóchitl Galvez, Gustavo Madero, Víctor Fuentes y Raúl Paz.

Ricardo Monreal, coordinador de Morena en el Senado dijo que este tema se tiene que atender porque “tenemos que atender una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para legislar en esta materia de despenalización de la mariguana… en los próximos días también en el Pleno, habrá una discusión muy fuerte sobre la cannabis”.

La Corte acordó, de manera excepcional y por única ocasión, atendiendo a la complejidad de la materia, otorgar al Congreso de la Unión una prórroga del plazo constitucional (90 días naturales); la que transcurrió del 1 de febrero al 30 de abril de 2020. Posteriormente, la Corte determinó ampliar la prórroga otorgada al Congreso de la Unión, por la pandemia de coronavirus, que corre del 10 de septiembre al 15 de diciembre de 2020.

Explicó que los ejes rectores de este tema son: La promoción, respeto y protección, así como la garantía de los derechos humanos y goce efectivo sin discriminación ni criminalización alguna. Además de la atención de consumo problemático del cannabis psicoactivo, con un enfoque de salud pública y medidas de prevención, intervención oportuna, atención, tratamiento, recuperación, rehabilitación y reinserción social, entre otras.

Durante una reunión virtual con empresarios independientes, Monreal destacó que dentro de los aspectos relevantes del proyecto se encuentra que sólo será sancionado penalmente la posesión del cannabis psicoactivo cuando sea superior a los 200 gramos.

“Es muy importante decírselos, porque anteriormente, esto se está discutiendo, de los 28 gramos, es una cantidad superior a los 28 gramos, esto se está discutiendo aún porque algunos quisieran agregarle 200 gramos, que es una cantidad enorme y que después de los 28 gramos no sea prisión o privación de la libertad, sino sancionado pecuniariamente; pero es una discusión que traemos todavía de aquí al viernes…. actualmente son: prisión, el que tenga esta posesión de 10 a 25 años”.

Mencionó que en el proyecto se disminuyen las penalidades para conductas relacionadas con narcóticos establecidos en diversos artículos del Código Penal Federal, cuando se trata de conductas relacionadas con el cannabis psicoactivo.

Activistas han pedido regular el uso de mariguana con sembradíos frente al Senado. (Especial|Archivo)

Asimismo, se castiga de cinco a 10 años a quien emplee niñas, niños o adolescentes en cualquier actividad relacionada con este problema, siembra, cultivo, plantación, cohecho, comercio, producción, distribución, suministro, o cualquier incorporación en la etapa de cadena productiva.

En este proyecto se crea el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud.

Los usos del cannabis y sus derivados autorizados son: Uso adulto; De Investigación, e Industrial, con excepción del uso industrial para uso medicinal del Cannabis y sus derivados.

Se limita a cuatro plantas de cannabis psicoactivo, así como el producto de la cosecha de la plantación por persona, las cuales deberán permanecer en la vivienda o casa habitación de quien la consume para su uso personal. Para que las asociaciones gocen de los derechos establecidos en la Ley, deberán constituirse con un mínimo de dos y un máximo de 20 personas asociadas.

Se permite la venta de cannabis psicoactivo, sus productos y derivados para uso adulto, a personas mayores de edad y a personas jurídicas colectivas legalmente constituidas que cuenten con la licencia de comercialización correspondiente y cumplan con los requisitos de Ley.

Las personas y grupos en situación de vulnerabilidad y desventaja, especialmente cuando se trate de mujeres, tendrán la preferencia en el otorgamiento de licencias.

La senadora Jesusa Rodríguez en el Senado con planta de marihuana. (Javier Ríos)

Se consideran establecimientos autorizados aquellos lugares en los que se comercializa el cannabis y sus derivados para los fines legales y que cuenten con la licencia correspondiente.

Queda prohibido comercializar el cannabis psicoactivo y sus derivados de cualquier producto que exceda el porcentaje de niveles de THC, y de aquellos mezclados con otras sustancias tales como alcohol, nicotina, tabaco, cafeína, bebidas energizantes o cualquiera otra, considerada o no como psicotrópica. Los productos de cannabis no psicoactivo y sus derivados para usos industriales podrán comercializarse, exportarse e importarse.

Para ello, habrá varios tipos de licencias: I. Cultivo, II. Transformación, III. Comercialización, IV. Exportación o importación y V. Investigación. Las personas interesadas deberán obtener un permiso ante el Instituto.

Queda prohibido

El consumo de cannabis psicoactivo y no psicoactivo a cargo de niñas, niños y adolescentes, II. El consumo de cannabis psicoactivo en áreas de trabajo, públicas o privadas; III. Publicidad, promoción o patrocinio, del cannabis psicoactivo y sus derivados; IV. Conducir cualquier vehículo, manejar u operar equipo o maquinaria que pueda causar peligro bajo los efectos del THC; entre otras.

Sanciones administrativas

Multa de 60 hasta 3000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización; II. Clausura, que podrá ser temporal o definitiva; III. Decomiso de productos; IV. Suspensión temporal de la licencia o permiso, que podrá ser parcial o total; V. Revocación de la licencia o permiso; VI. Trabajo en favor de la comunidad; VII. Arresto hasta por treinta y seis horas.

DMZ

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