El Senado interpuso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un recurso de reclamación contra la suspensión que otorgó el ministro Alberto Pérez Dayán, misma que congeló la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.
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En el recurso elaborado por el coordinador de Morena, Ricardo Monreal, y respaldado por toda la bancada con sus 58 integrantes, incluido el presidente de la Mesa Directiva, Martí Batres, señala que hay una evidente violación a los principios de legalidad e imparcialidad por parte del ministro Alberto Pérez Dayán que vulnera el interés social, la economía nacional y el orden público.
Se hace notar que la suspensión no procede en las acciones de inconstitucionalidad, porque se contraviene lo dispuesto en el párrafo 3º de la Ley Reglamentaria, el cual contiene la prohibición expresa de otorgar la suspensión de una norma general en las acciones de inconstitucionaildad, como es la Ley de Remuneraciones.
De acuerdo al escrito presentado por Zuleyma Huidobro González, directora general de Asuntos Jurídicos de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, la Ley de Remuneraciones cumple con los requisitos de una norma general, como es la abstracción, la generalidad y la obligatoriedad.
El Senado acusa a Pérez Dayán de haber vulnerado los principios de división de poderes, federalismo, legalidad, certeza jurídica, tutela jurisdiccional efectiva e imparcialidad, al suspender parcialmente, y única y expresamente en lo que le afecta en lo personal, la aplicación de la Ley de Remuneraciones, sin existir fundamento legal alguno.
Por ello, el Senado solicita al pleno de la SCJN se resuelva este asunto con extrema urgencia, pues se tendrá que discutir el paquete presupuestal de 2019, que será recibido el próximo 15 de diciembre y le demanda tomar una decisión antes de tomar su periodo vacacional.
“Considerando el interés nacional, habilitar horas y días hábiles para que el Pleno de la SCJN resuelva con urgencia el presente recurso, a fin de no interferir en el proceso de presupuestación del próximo año”.
El recurso será turnado a un ministro de la Corte, quien determinará si el recurso del Senado es fundado o si éste debe ser desechado.
En caso de declararlo fundado, el ministro podría revocar la suspensión otorgada y por ende, descongelaría la ley; en caso de que sea infundado, el recurso de reclamación será desechado.
Con información de Rubén Mosso
VJCM